Viernes 26 de Abril de 2024       •      Dólar= $945,10      •      UF=$37.242,15       •      UTM=$65.182
25/06/2018
Normativa europea obligará a edificios a tener infraestructura para recarga eléctrica

La Directiva europea que regula la eficiencia energética en edificios fue modificada incluyendo artículos con los que obliga a los edificios residenciales nuevos o que se reformen y tengan más de 20 plazas de estacionamiento a incluir el cableado necesario para instalar un punto de recarga eléctrica en cada plaza. En el caso de los no residenciales nuevos o que se reformen, y tengan más de 10 plazas, deberán incorporar un punto de recarga, como mínimo, y la canalización necesaria para, al menos, una de cada cinco plazas.

Concretamente, la Directiva, aprobada el pasado 30 de mayo y publicada en el Boletín Oficial de la Unión Europea el 19 de junio, ha sustituido el Artículo 8, anteriormente denominado “Instalaciones técnicas de los edificios”, que pasa a llamarse “Instalaciones técnicas de los edificios, electromovilidad e indicador de aptitud para aplicaciones inteligentes”.

El desarrollo de la movilidad eléctrica en los últimos años ha hecho que se incluyan en esta Directiva artículos dedicados a las instalaciones de recarga eléctrica que los edificios deben contener. En el caso de los edificios no residenciales nuevos y aquellos que sean reformados de manera importante, y que tengan más de diez plazas de estacionamiento, deberá instalarse, al menos, un punto de recarga y conductos para cables eléctricos como mínimo para una de cada cinco plazas. Esta medida se aplicará a los estacionamientos de los edificios cuando estén ubicados dentro de la propia edificación o sea adyacente.

Además, la Directiva establece que antes del uno de enero de 2025 los Estados miembros deben establecer los requisitos para la instalación de un número mínimo de puntos de recarga en todos los edificios no residenciales con más de veinte plazas de estacionamiento.

En el caso de los edificios residenciales nuevos y los sujetos a importantes reformas que tengan más de diez plazas de estacionamiento, tendrán que disponer de conductos para cables eléctricos para cada plaza en que permitan la instalación futura de puntos de recarga de vehículos eléctricos. Esta norma deberá cumplirse siempre que el estacionamiento esté dentro del edificio y sea adyacente al edificio.

La Directiva permite a los Estados no aplicar estas normas a categorías específicas de edificios cuando se hayan presentado las solicitudes de licencia de obra antes del 10 de marzo de 2021, o si las canalizaciones necesarias dependen de microrredes aisladas o los edificios están ubicados en regiones ultraperiféricas, en caso de que su instalación pudiera provocar problemas para el funcionamiento del sistema energético local.

También podría dejar de aplicarse estas normas si el costo de las instalaciones de los puntos de recarga y las canalizaciones excede el 7% del costo total de la reforma.

Además, la Directiva establece que cada Estado debe simplificar la instalación de puntos de recarga en todo tipo de edificios y resolver las posibles barreras reglamentarias como procedimientos de autorización y aprobación, consigna www.esmartcity.es

Noticias Relacionadas
El camino hacia edificios de oficinas sostenibles en Latinoamérica (26/10/2023)
Operación y construcción de edificios abarcan casi el 40% de las emisiones de CO2 a nivel mundial (16/08/2022)
Impulsan adición a estándar BACnet para una automatización de edificios segura (10/08/2022)
Siemens lanza Building X, una suite abierta con inteligencia artificial para edificios de red cero (05/07/2022)
Contáctenos
Dirección: José Manuel Infante 919,
Providencia, Chile
Teléfono: (562) 2433 5500
Email: info@emb.cl
Visite también:
© Copyright 2023 Editora Microbyte Ltda.