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Nuevos desafíos en el
Almacenamiento de Sustancias Peligrosas

Las sustancias químicas constituyen uno de los principales factores de riesgo en los ambientes de trabajo. Sin embargo, a diferencia de otros agentes (como el calor, el ruido o las radiaciones), sus efectos no siempre son evidentes y, muchas veces, cuando son identificados, ya se han producido daños importantes para la salud de los trabajadores o el medioambiente.
Imagen 1. Volúmenes de sustancias peligrosas y requerimiento de Autorización.

Todas las sustancias químicas presentan algún grado de peligrosidad, pero su riesgo depende de una serie de factores, como la cantidad y tipo de producto, así como la forma en que es utilizado, almacenado y transportado.

En marzo pasado, se publicó en el Diario Oficial el nuevo Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas DS 43/15, el que modifica el DS 78/09 y que entra en vigencia este 25 de septiembre. Los principales cambios que trae el nuevo decreto son:

Inclusión de la industria extractiva minera en el ámbito de aplicación del reglamento, con un plazo de 2 a 5 años para adecuarse a través de la presentación de un Proyecto de Adaptación.

Incorporación de Análisis de Riesgos en las operaciones con sustancias peligrosas, considerando la probabilidad y la secuencia de ocurrencia de incidentes, en adición a los análisis de consecuencias exigidos.

Aumento de los requisitos asociados a la gestión de emergencias internas: se requiere diseñar una estructura preparada cuya conformación y experiencia sea trazable, demostrando operatividad en todo momento.

Nuevos requisitos para el almacenamiento en contenedores o isotanques para las áreas de producción o envasado: distancias a muros medianeros, rotulación, control de incendios y control de derrames.

Aumento de los requisitos asociados a los procesos de mantención de las instalaciones de almacenamiento a granel para los estanques, sistemas de bombeo y piping asociado. Se requiere adecuar el sistema de gestión de mantenimiento según estándares internacionales.

Se modifican los distanciamientos exigidos para bodegas comunes y de sustancias peligrosas de todas las clases y los requisitos de ventilación, dependiendo ahora de la clase de sustancia almacenada.

Para toda instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas sobre 10 toneladas de sustancias inflamables o 30 toneladas de otra clase de sustancias, se requerirá de Autorización Sanitaria para su funcionamiento.

La solicitud de almacenamiento debe acompañarse con Memoria Técnica de los sistemas de extinción de incendios, cuando proceda, Plan de Emergencias y un Análisis de Riesgo y Análisis de Consecuencia cuando aplique.

Se determinan nuevas exigencias de capacitación para quienes trabajan con sustancias peligrosas.

Análisis de Riesgos: permite determinar en forma objetiva los factores que podrían llegar a provocar un accidente mayor (también conocido como “accidente tecnológico”) o falla crítica en las instalaciones, para posteriormente generar medidas de control para obtener operaciones más seguras y eficientes. Las metodologías recomendables son: Árbol de fallo, HAZOP, What If?, HAZAN, Bowtie, Análisis Probabilístico HAZID, entre otros.

Análisis de Consecuencias: Es una evaluación cuantitativa de variables físicas, tales como radiación térmica, sobrepresión, concentración de contaminantes, representativos de diferentes tipos de accidentes y sus posibles efectos sobre las personas, medioambiente y bienes, con el fin de determinar la naturaleza y magnitud del daño.

Imagen 2. Nuevo proceso de regularización de la Industria Minera.

Cambios para la industria minera

Uno de los cambios con mayor impacto es la inclusión de la industria extractiva minera a las exigencias del D.S. 43/15, dado que no existía normativa específica asociada al almacenamiento de sustancias peligrosas para dicha industria. Sin duda, las sustancias químicas peligrosas juegan un rol importante en la producción de nuestra principal riqueza minera, el cobre, y el necesario camino hacia una producción sustentable implica establecer controles estandarizados para minimizar la probabilidad de accidentes tecnológicos, que puedan causar daños a los trabajadores y a las poblaciones cercanas.

De acuerdo a la envergadura de las modificaciones que tengan que realizar estas industrias, deben presentar a la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud respectiva un proyecto de adaptación que incluya un diagnóstico de su situación actual con un cronograma de actividades para dar cumplimiento al decreto. A su vez, esta entidad evaluará dicho proyecto y procederá a otorgar un pronunciamiento formal al respecto, indicando las modificaciones y plazos para llevarlas a efecto.

Las faenas de la industria extractiva minera antes de la publicación de este decreto, se regían por el Decreto Supremo Nº 132 de 2002 del Ministerio de Minería que aprueba el Reglamento de Seguridad Minera, exceptuando aquellas ubicadas en el radio urbano, las que debían regirse por el anterior D.S. 78/09. Sin duda, la incorporación de todas las faenas mineras al cumplimiento de la nueva normativa constituye un gran avance hacia la homologación y estandarización de requerimientos de la industria nacional.

La presencia de sustancias peligrosas en la industria minera está presente en todas las etapas del proceso, comenzando con la extracción y terminando con la etapa de producción. La toxicidad y tipo de sustancias a utilizarse depende de la naturaleza del mineral, de los métodos de explotación y tratamiento de los recursos. El mayor riesgo químico asociado a la actividad minera es la contaminación y sus efectos se producen principalmente en Personas, Agua, Suelo y Aire; y las vías de contaminación son a través de polvos, vapores, líquidos.

La manipulación de sustancias peligrosas puede provocar desde efectos gastrointestinales, respiratorios, cardiovasculares, en sistema nervioso central, renales de tipo agudo y de tipo crónico, hasta catástrofes mayores que involucren un gran número de población afectada y medioambiente en el caso de accidentes tecnológicos.

La necesidad de contar con reglamentos claros que entreguen directrices de funcionamiento para el almacenamiento de sustancias peligrosas, disminuye la probabilidad de ocurrencia de estos eventos, a través del desarrollo de estudios de riesgos, que permiten la identificación de los puntos críticos, secuencia de los eventos, y medios de control, permitiendo así establecer medidas de control apropiadas de acuerdo al nivel del riesgo y a la consecuencia del mismo.


Artículo gentileza de Mónica Aedo Guerrero, Gerente General de SQ Empresas.
Julio 2016
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