Por Sergio Barrientos Henríquez, Gerente General de ASIQUIM A.G.
El programa “Responsible Care”, presentado en los años ‘80 por la industria química de Canadá, entregó una estructura de códigos de práctica que incorporaba el código “Hazardous Waste Management” como uno de sus seis códigos de implementación iniciales. Dentro de este código, además de políticas, estándares y prácticas, se incluía un cuadro de jerarquización en el manejo de residuos, que comienza con cambios operacionales que minimizan la generación de residuos peligrosos.
El programa canadiense fue rápidamente conocido por la industria química mundial y adoptado por el Consejo Internacional de Asociación Químicas (ICCA). Fue así como en 1994, la Asociación de Industriales Químicos de Chile (Asiquim A.G.) implementó el programa de Conducta Responsable, adaptación nacional de la iniciativa internacional de Responsible Care. Para materializar esta implementación, se adoptaron seis códigos de Conducta Responsable, entre los que se encuentra el Código de Prevención de la Contaminación. En este código de administración, se incorporaron prácticas de evaluación que incluyen el manejo de residuos, bajo los mismos conceptos que el estándar de Canadá, pero adaptadas a la realidad y legislación chilenas, en esos años casi inexistentes en materia de residuos peligrosos. Estas prácticas versaban sobre la minimización en origen, el control de inventario y la correcta eliminación, lo que implicaba no poner en riesgo la salud de las personas o afectar el medioambiente.
Con casi 10 años de trabajo en estas materias, Asiquim participó en la revisión e implementación del Decreto Supremo 148 “Reglamento Sanitario de Manejo de Residuos Peligrosos”, publicado en junio de 2004; y en un trabajo coordinado con organismos de cooperación, como GTZ de Alemania, Asiquim A.G. desarrolló guías y material electrónico para la difusión y correcta implementación del mismo.
Generación de residuos
Aún vigente, el DS 148 regula el ciclo de vida de los residuos peligrosos, estableciendo prácticas que ya estaban recogidas en los estándares de Responsible Care y ampliando su aplicación a toda la industria generadora de residuos peligrosos. Por otro lado, a causa de este decreto, se promovió una sistematización de las prácticas de manejo de residuos, gracias a las autorizaciones del Ministerio de Salud para el funcionamiento de bodegas, camiones y destinatarios finales, y por cierto, a la implementación de la obligatoriedad de declarar, para los generadores de residuos, la disposición de estos en instalaciones autorizadas.
En este contexto, las empresas o actividades que generen anualmente más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o más de 12 toneladas de residuos peligrosos que tengan cualquier otra característica de peligrosidad, deben presentar un plan de manejo de residuos peligrosos ante las autoridades sanitarias correspondientes para poder operar.
Tan importante como lo anteriormente señalado, es que este decreto define y caracteriza los residuos que caen dentro de este marco regulatorio y da la posibilidad a las empresas que generan estos residuos, a través de condiciones objetivas, de comprobar que sus residuos no son peligrosos para la salud humana. Entre los residuos peligrosos de uso común, se hallan toners usados, tubos fluorescentes y baterías en desuso, entre otros, a lo que se suma cualquier envase que haya contenido una sustancias peligrosa, definida así por la NCh 382.
Al alero de este decreto, se crearon empresas como Hidronor y Coactiva (Cementos Polpaico), entre otras, que desarrollaron emprendimientos basados en la necesidad de contar con un confinamiento seguro de estos residuos, lo que, por supuesto, incluye la valorización de los residuos a través del uso de su capacidad calorífica.
Nuevas modificaciones
En el año 2006, Asiquim A.G. lanzó el Sistema de Gestión de Conducta Responsable, que incluye prácticas que van más allá del cumplimiento de este reglamento y que promueven la jerarquía más sustentable de los residuos, que sigue comenzando con la minimización en el origen a través de la incorporación de tecnología en los procesos productivos o incluso la evaluación para la sustitución de materias primas o productos auxiliares a los procesos, que tengan un mejor desempeño medioambiental.
A más de 10 años de su publicación, hemos sabido que el Ministerio de Salud está modificando y actualizando algunas de sus disposiciones, para mejorar el cumplimiento en estas materias. Tal como fue en el inicio y desarrollo de ese reglamento, esperamos que una vez terminado el proceso de revisión y actualización del D.S. 148 por parte del Minsal, podamos participar como Asociación en la revisión de esta regulación, aportando nuevamente con los conocimientos y prácticas de la industria química mundial respecto del manejo seguro de residuos peligrosos.
En paralelo a todas las modificaciones que se puedan generar de este decreto, el Ministerio del Medio Ambiente ha puesto a disposición de las diversas actividades industriales el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), el que funciona como un catálogo o base de datos que contiene información sobre las emisiones y transferencias al medioambiente de sustancias químicas potencialmente dañinas.
En dicha plataforma electrónica, el usuario generador puede y debe declarar la generación de sus residuos peligrosos, que anteriormente se realizaba en el SIDREP (Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos), a través de esta “ventanilla única”. Este registro también puede ser empleado por el transportista designado y el destinatario final que recibirá los residuos, lo que permite una trazabilidad tanto para las autoridades como para los tres actores involucrados, posibilitando, de este modo, cerrar el ciclo de forma segura y acorde con la normativa vigente.