Inicio
Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter
top2.jpg (395 bytes)
Jueves 5 de Diciembre de 2024         •         Dólar= $971,95         •         UF=$38.311,40         •         UTM=$67.294

Situación actual del asbesto en Chile

Si bien en Chile está prohibido el uso del asbesto, las empresas aún pueden utilizar productos que lo contengan, previa autorización de la Seremi de Salud correspondiente. A continuación, algunas claves para mantener un procedimiento seguro con este elemento.

En el año 2000 y a través del DS 656 del Ministerio de Salud, se prohibió en el país el uso del asbesto, así como la importación, exportación, distribución, venta y uso de productos que contengan este elemento; indicando, además, que aquellas empresas que requieran manipular materiales con contenido de asbesto friable (con mayor probabilidad de convertirse en polvo respirable), deben solicitar autorización previa a la autoridad sanitaria competente (Seremi de Salud Regional).

Como parte de este procedimiento, la empresa dueña del residuo, debe presentar un Plan de Trabajo en el que se detallen todas las medidas que se adoptarán para proteger la salud de los trabajadores y de la población aledaña. También deberá solicitarse autorización si durante el desarrollo de alguna faena, se encuentra asbesto friable del que no se hubiere tenido conocimiento al inicio de la misma, debiendo paralizar la faena, hasta regularizar la situación ante la autoridad sanitaria. En el caso de que el asbesto presente en las actividades sea no friable, se deberá notificar a la autoridad sanitaria competente la realización de la actividad, en forma previa a su inicio, o tan pronto se encuentre el producto, acompañando, además, el Plan de Trabajo.

Procesos en los que se encuentra presente el asbesto

Las principales actividades económicas o procesos donde históricamente se ha detectado el uso de asbesto como materia prima o donde se utilizan, manipulan o procesan materiales que contienen asbesto, son:

a) Empresas constructoras dedicadas a la demolición, desmantelamiento o modificación de instalaciones edificaciones, maquinarias y equipos que manipulen materiales, como:

Planchas lisas y onduladas de fibrocemento.

Tuberías de agua potable y aguas servidas Rocalit.

Estanques de fibrocemento.

Pisos vinílicos tipo flexit.

Pegamentos que contienen asbesto.

Aislantes térmicos en tuberías de agua caliente en edificios.

b) Industrias que manipulen materiales, como:

Aislantes térmicos en generadores de vapor, líneas de suministro de vapor y hornos en general (fundiciones, tratamientos térmicos, cocción, etc.).

Aislantes térmicos en tuberías de agua caliente.

Tejidos aislantes eléctricos para cables.

Empaquetaduras dinámicas y planchas de asbesto comprimido para empaquetaduras planas para uniones con bridas o flanges de cañerías.

Masa porosa en interior de cilindros de acetileno.

Cartón de asbesto para aislación térmica.

Canaletas porta cables de fibrocemento.

Vestuario antiflama y aislante térmico, en prendas como pantalones, botas, polainas, manguillas, guantes, mitones, chaquetas, caperuzas, etc.

c) Empresas de disposición de residuos provenientes de la construcción (asbesto no friable) tales como: planchas de fibrocemento lisas y acanaladas, lavamanos, tazas de baño, pisos vinílicos, aislaciones térmicas, canaletas eléctricas, jardineras, etc.

d) Empresas de disposición de residuos peligrosos (asbesto friable), tales como: planchas de fibrocemento lisas y acanaladas, lavamanos, tazas de baño, pisos vinílicos, aislaciones térmicas, canaletas eléctricas, jardineras, etc.

e) Empresas de transporte de residuos provenientes de la construcción (asbesto no friable).

f) Empresas de transporte de asbesto friable.

g) Empresas termoeléctricas.

h) Talleres de mantención de vehículos motorizados en los que se manipulen materiales tales como: balatas, pastillas de freno, discos de embrague y empaquetaduras de culata, para vehículos, buses y camiones.

i) Empresas de mantención de calderas.


Posibles riesgos y consecuencias para trabajadores expuestos

Es un mineral reconocidamente dañino para la salud cuando es inhalado al encontrarse en el aire en forma de fibras de asbesto libre, pudiendo causar graves enfermedades de alta letalidad, tales como asbestosis, cáncer primario del pulmón y mesotelioma (pleural o peritoneal).

No hay un umbral mínimo de exposición por debajo del cual no exista riesgo, por lo que todos los trabajadores que han estado expuestos a asbesto potencialmente pueden desarrollar estas enfermedades. Los grupos de mayor riesgo para contraer dichas enfermedades son los trabajadores que manipulan este material o laboran en ambientes contaminados por este tipo de fibras.

Asbestosis: La exposición a asbesto puede provocar asbestosis, enfermedad fibrosa pulmonar de carácter progresivo, con un período de latencia variable cuya media alcanza los 12 a 20 años. La asbestosis es una enfermedad que no tiene tratamiento. Eliminar la exposición al agente, no detiene su progresión; en el mejor de los casos, solo enlentece su evolución.

Cáncer de pulmón: También se puede atribuir el desarrollo de cáncer de pulmón, basándose en la historia anterior de exposición a asbesto que puede tener un trabajador, requiriéndose un período de latencia mínimo de 10 años. Aun así, es posible desarrollar el cáncer de pulmón con una historia de exposición laboral corta (que puede haber sido intensa) o, por el contrario, con una exposición laboral relevante.

Mesotelioma: El mesotelioma es un tumor que se localiza habitualmente en la pleura, estimándose que un 10% de los casos se localizan a nivel peritoneal.


Acciones preventivas previas al retiro de materiales con contenido de asbesto

1. Solicitar a la Seremi de Salud correspondiente la autorización sanitaria, adjuntando un Plan de Trabajo que detalle las medidas de prevención y protección necesarias.

2. Notificar a la Seremi de Salud correspondiente con 72 horas de anticipación el inicio de los trabajos, adjuntando el Plan de Trabajo.

3. La manipulación o retiro de material que contenga asbesto, debe ser realizado por personal autorizado que se encuentre capacitado en los riesgos derivados de esta tarea, utilizando los siguientes elementos de protección personal:

Máscara de medio rostro o rostro completo con filtro P100 (99,97% de eficiencia de filtrado).

Ropa de trabajo tipo buzo con capucha.

Calzado de seguridad con cubre calzado desechable.

Guantes de seguridad.

Protección visual en caso de usar protección respiratoria de medio rostro.

Casco de seguridad, cuando corresponda.

Arnés de seguridad, en el caso de trabajo en altura.


Durante el retiro de materiales con contenido de asbesto

a) Está prohibido comer, beber y fumar mientras se manipula el material.

b) Se debe prohibir en las áreas de trabajo el tránsito de personas ajenas a la labor de retiro de material de asbesto.

c) Durante el retiro de materiales con contenido de asbesto, los materiales de construcción que contienen asbesto no deben ser aserrados, cortados, golpeados, lijados, pulidos ni taladrados, para evitar que se liberen fibras al entorno.

d) Antes y durante el proceso de desmantelación del material, se debe humectar con látex vinílico al 20%. Dicha aplicación se debe realizar a baja presión para evitar el desprendimiento de fibras (por ejemplo, bombas de espalda).

e) El material no se debe arrojar ni dejar caer a distintos niveles. Durante el traslado de las planchas de asbesto (ya sea izar o bajar), se deben utilizar cuerdas, eslingas o estrobos, equipos de amarre y maquinaria para evitar su rompimiento.

f) Una vez retirados los materiales de asbesto, se deben envolver en láminas de plástico grueso (80 µm) u otro tipo de envoltorio, además de ser etiquetados.

g) Se debe señalizar toda la zona en que se realizará retiro de material de asbesto, indicando:
a. Solo personal autorizado
b. Peligro, residuos con asbesto
c. No pasar, zona de trabajo con asbesto.


Después del retiro de materiales con contenido de asbesto

a) Los elementos de protección personal “desechables” deben ser eliminados en bolsas junto a los demás residuos.

b) Las planchas que se retiran no se deben vender, reusar, ni regalar.

c) Tanto la disposición final como el transporte a los rellenos sanitarios correspondientes, deben ser realizados por empresas autorizadas por la Seremi de Salud Regional.


Artículo gentileza de Mutual de Seguridad CChC.
Noviembre 2016
Comenta este artículo
Nombre:
Empresa:
Email:
Comentario:
Ingresa los caracteres de la imagen:
Comentarios acerca de este artículo
Ann . (18/02/2019)

Hay muchas casas que fueron construidas con asbestos y cuando presentan daños empiezan a liberarlo... Chile no fue ni es pionero en este tema, en EEUU se prohibió en 1989... quien sabe, quizás aquí siguen vendiendo material con asbestos, no existen organismos dedicados como en EEUU (EPA, FDA, CDC etc etc) con laboratorios completamente equipados para hacer cumplir las normas... hay muchísimas casas construidas antes del 2000 y la gente no tiene idea de que probablemente tienen asbestos, y mucho menos dinero para hacer todo lo que dice este articulo... la mayoría de los trabajadores no usa mascarillas, y los que usan no siguen el estándar apropiado... en resumen este tema en este país es un desastre por donde se le mire y el común de las personas no tiene idea, y el gobierno al parecer no le importa.

Paula - (19/06/2018)

Tengo una duda con respecto a la comercialización del asbesto.
Cuando menciona la noticia que "En el año 2000 y a través del DS 656 del Ministerio de Salud, se prohibió en el país el uso del asbesto, así como la importación, exportación, distribución, venta y uso de productos que contengan este elemento; indicando, además, que aquellas empresas que requieran manipular materiales con contenido de asbesto friable (con mayor probabilidad de convertirse en polvo respirable), deben solicitar autorización previa a la autoridad sanitaria competente (Seremi de Salud Regional)."
Esto significa que la venta está permitida cuando la Seremi lo autoriza?
Más abajo menciona que la empresa debe hacerse cargo de crear un plan de trabajo y también de resguardo para la poblacion aledaña a la industria. Pero en caso de aprobarse su comercializacion por la Seremi, ¿qué ocurre con los consumidores?

GRUPO EDITORIAL EMB
Sucre 2235 Ñuñoa
Santiago
Chile
Fono: (56.2) 433 5500
info@emb.cl
www.channelnews.clwww.electroindustria.clwww.gerencia.clwww.ng.clwww.embconstruccion.cl
Resolución mínima: 1024 x 768

© Copyright 201
8 Editora Microbyte Ltda.