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22/05/2024
Doble tributación Chile-EE.UU: ¿Cuál es su impacto en la inversión inmobiliaria?
Carlos Balart, CEO y fundador de Miaminmobiliario.

Por Carlos Balart, CEO y fundador de Miaminmobiliario.

El año comenzó con una notable y esperada noticia en materia fiscal: la entrada en vigor del convenio de doble tributación Estados Unidos-Chile. Este es un acuerdo que busca evitar la doble tributación para residentes de uno de los dos países, que obtengan rentas provenientes del otro país. Es un convenio bastante relevante ya que además de México y Venezuela somos el único país en tenerlo.

Previo a la entrada en vigencia del convenio, ambos estados podían gravar todas las rentas de sus residentes sin limitación, independiente de que ya hubieran sido gravadas por el otro Estado. Ahora, este acuerdo determina cuál de los dos Estados va a poder gravar una determinada renta y, además, si el otro Estado debe reconocer los impuestos pagados, ya sea mediante una exención o un crédito.

En el caso de las rentas derivadas del negocio inmobiliario, podemos distinguir principalmente dos, independiente de que haya otras: las rentas de los arrendamientos y las rentas del mayor valor obtenido en la venta, lo que se llama ganancia de capital.

Expertos tributarios aseguran que, si la inversión inmobiliaria se realiza con deuda desde Chile, los retornos estarán gravados con una tasa rebajada de impuesto en Estados Unidos de un 10%. Por estar vigente el Convenio, dicho impuesto podrá recuperarse íntegramente en Chile como crédito que se deduce de los impuestos que deban pagarse en nuestro país.

Florida es una de las zonas que suelen estar en el radar de los inversores chilenos. Dependiendo de los vehículos a través de los cuales se realicen dichas inversiones, los beneficios pueden ser mayores o no. Es esperable que se fortalezcan las inversiones inmobiliarias en este sentido.

Al igual que todos los convenios, éste contempla una norma de intercambio de información, así que es importante monitorear cómo operará en la práctica dicho intercambio entre autoridades tributarias en ambos países (IRS y SII). Además, considerando el carácter federal de EE.UU., es necesario revisar normas internas de cada Estado, así como revisar las estructuras de inversión para asegurar la correcta calificación para los beneficios de este convenio, dependiendo del vehículo que se haya utilizado.

Finalmente, los convenios son excelentes instrumentos que fortalecen las relaciones bilaterales entre los Estados. Su entrada en vigor es una oportunidad para revisar cómo uno estructura actualmente las inversiones, ya que puede haber oportunidades interesantes para los chilenos.

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