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11/01/2023

Todo lo que debes saber antes de importar productos

En Chile, es posible importar cualquier cosa, a no ser que se trate de un producto prohibido por la legislación vigente. Pero, pese a que nuestro país cuenta con moderno sistema aduanero, los importadores deben tomar algunas precauciones.

Chile cuenta con un sistema aduanero armonizado, estandarizado a nivel internacional y alineado con los parámetros de la Organización Mundial de Aduanas (OMA). En este contexto, hay que tener claro que el Servicio Nacional de Aduanas es el encargado de vigilar y fiscalizar el paso de mercancías tanto por vías terrestres, marítimas y aéreas.

“Cuando importamos un activo tangible, nos estamos circunscribiendo al artículo octavo de la Ley de Ventas y Servicios. Acá tenemos una base imponible que para todos sus efectos es el valor CIF de la compra en el extranjero, es decir, la suma del valor de tu producto en el país de origen, más el costo por flete y seguros involucrados para su transporte”, explicó Claudia Valdés Muñoz, Gerente General de Best Business Solution Consulting (BBSC).

En Chile, las importaciones están sujetas al pago del derecho o arancel ad-valorem del 6%. Dicho porcentaje, se calcula sobre el valor de los bienes, la cobertura de los seguros y el costo de transferencia de flete. En cuanto al IVA (Impuesto al Valor Agregado), la especialista destacó la evolución legal que ha experimentado Chile desde 2015, con la Reforma Tributaria (Ley 20.780).

Además, la Gerente General de BBSC detalló que en materia de derecho internacional y en la compra desde el extranjero, en todo lo relacionado con bienes tangibles la Dirección Nacional de Aduanas juega un importante rol. “Hoy pasan por la Aduana todos los bienes codificados, lo que ha significado un avance en armonía con las exigencias de la OCDE”, añadió Claudia Valdés.

Por ello, quienes quieran importar productos, deben tener en cuenta seis pasos que, según la especialista de BBSC, son indispensables que se configure el hecho básico de venta, de acuerdo con el artículo cuarto de la Ley del IVA.

“Tiene que haber una convención o contrato, a título oneroso (aquí la gratuidad no corre); tiene que tratarse de bienes corporales muebles; los productos deben ser tangibles; debe haber una habitualidad del vendedor, tema sumamente discutido; y debe haber una internación, vale decir, el producto tiene que pasar por territorio nacional”, detalló la Gerente General de BBSC.

Tras haber completado el proceso anterior es clave pagar el IVA, lo que implica entrar a la web de la Tesorería General de la República (TGR) y dirigirse a la sección de “Certificados de Movimiento Deudas Fiscales”, para obtener la Declaración de Ingresos (DIN). Luego, es necesario hacer la integración con el Servicio de Impuestos Internos (SII), porque no es automático.

“La DIN no está dentro de los registros de compras y muchos contribuyentes, empresas o gerentes financieros, dicen ‘pero si está todo en el Servicio’, pero no, no está todo en el Servicio”, mencionó Claudia Valdés, quien recomendó revisar los datos que entrega la Tesorería General de la República.

Algunas importaciones están exentas del pago de impuestos, aunque se trata de casos excepcionales como donaciones y socorros, que favorecen a corporaciones o fundaciones sin fines de lucro.

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