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El Ministerio de Energía lanzó recientemente la Estrategia Nacional de Electromovilidad, que establece como meta que al 2035 solo se venderán en Chile vehículos livianos cero emisiones. Junto a ello, la nueva Ley de Eficiencia Energética indica nuevos estándares para vehículos livianos, medianos y pesados.
Bajo ese contexto, el Subsecretario de Energía, Francisco López, destacó que “la aplicación de este estándar aportará directamente en nuestra lucha contra el cambio climático, contribuyendo a alcanzar la carbono neutralidad y transitar aceleradamente hacia la electromovilidad en Chile”.
Según López, con esta medida se aportará con casi un 12% a las acciones de mitigación necesarias para la meta de 2030,de carbono neutralidad en Chile.
José Luis Domínguez, Subsecretario de Transportes y Telecomunicaciones, destacó este avance enfatizando que "como Gobierno seguimos dando pasos importantes en materia de electromovilidad, con avances que elevan el estándar y amplían el acceso a esta tecnología más limpia. Con medidas como ésta, seguiremos avanzando en alcanzar nuestra meta de contar con el 100% del transporte público eléctrico al 2040".
La nueva Ley de Eficiencia Energética permitirá a los usuarios ahorrar en promedio alrededor de $208.288 por año debido al menor consumo de combustible. Esto significa que los beneficios netos para el consumidor serán positivos tanto en lo económico, como en su contribución al medio ambiente.
El cumplimiento del estándar energético en Chile
El estándar de eficiencia energética vehicular consta de metas de rendimiento energético, cuya métrica será el rendimiento energético en kilómetros por litros de gasolina equivalente (km/lge).
Los responsables del cumplimiento serán los importadores o representantes para cada marca de vehículos. Se evaluará el rendimiento energético para cada responsable en base al promedio de los rendimientos de todos los vehículos.
Según lo indicado en la ley, las sanciones a quienes no cumplan con el estándar serán impuestas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), quien aplicará una multa de hasta 0,2 UF por cada décima de km/lge por debajo del estándar definido para un año determinado.
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