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25/03/2020

Gobierno aclara todas las exigencias para operar durante toque de queda

Ante múltiples confusiones y versiones cruzadas –y a ratos contradictorias- sobre cómo procurar salvoconducto a efectos de desplazarse sin problemas en horario de toque de queda, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dio a conocer un comunicado que explica los requisitos y exigencias que deben cumplir cada uno de los actores que se desempeñan en diversas industrias del transporte terrestre, marítimo y aéreo, tanto de carga como de pasajeros.

“El transporte y las telecomunicaciones son servicios indispensables y la situación que vivimos como país lo prueba una vez más. Se requiere permitir el trabajo de muchas personas que permiten la movilidad de personas y bienes, desde la carga y su importancia clave en la red logística hasta el transporte de trabajadores aéreos, portuarios o terrestres. Para ello se dispone una serie de medidas que les permitirá seguir prestando su valioso servicio”, señaló la ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Gloria Hutt.

Transporte urbano: Las empresas gestionarán los salvoconductos que sean necesarios a través de la comisaría virtual. Los servicios de buses, Metro y ferrocarriles, se han programado teniendo en cuenta las posibles restricciones de desplazamiento a las que debe acogerse su personal. Los taxis básicos y colectivos que requieran operar durante las horas de toque de queda podrán acceder a salvoconductos a través de una solicitud del representante legal, para las personas y vehículos que informen.

Transporte aéreo: Los pasajeros y familiares que van a dejar o recoger a una persona que viaja deberán utilizar como salvoconducto su tarjeta de embarque y la cédula de identidad. Las tripulaciones de las aerolíneas y los trabajadores de los aeropuertos deberán presentar sus credenciales (TICA). Los servicios de transporte hacia y desde el aeropuerto deberán obtener salvoconducto a través de la comisaría virtual para todos sus conductores.

Transporte interurbano: Los pasajeros deberán presentar sus pasajes y cédula de identidad. En tanto, las empresas deberán solicitar salvoconductos para sus conductores y asistentes.

Transporte de carga: los trabajadores deben portar la guía de despacho, factura o un documento que acredite origen y destino de la carga, en el que se indique su identificación y la del vehículo. Y deberán presentarlo acompañado por la cédula de identidad.

Puertos: Los trabajadores deben portar su credencial y cédula de identidad, en tanto, las empresas deben solicitar para sus conductores, un salvoconducto.

Telecomunicaciones: Los trabajadores deben portar la credencial de su empresa, su cédula de identidad y una orden de trabajo.

Transporte privado (empresas): El encargado de la faena debe solicitar un salvoconducto, según la naturaleza del trabajo que desarrolle.

Para solicitar el salvoconducto, las empresas deben enviar un correo electrónico a comisaria.virtual@carabineros.cl e indicar el nombre del representante legal de la empresa (con su nombre completo, cédula de identidad, cargo y correo electrónico institucional) y el e-RUT de la empresa. Una vez recibida esta información, recibirán las claves con nombre de usuario y contraseña para los trabajadores. El certificado deberá enviarse a todos los funcionarios mencionados, para que puedan exhibir el documento, ya sea en soporte físico o digital (código QR).

Como ya se ha informado, los terminales de buses interurbanos se mantendrán operativos hasta las 20:00 horas.

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