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Eduardo Cerda Gómez, Asesor Seguridad de Aviación de la DGAC:
“En el transporte de mercancías
peligrosas, Chile cumple plenamente con la normativa legal”

En nuestro país las actividades de traslado, almacenamiento y transporte aéreo de cargas peligrosas (materias u objetos riesgosos para la salud, la seguridad o el medioambiente, propiedades o personas), están normadas y fiscalizadas por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
Eduardo Cerda.

¿Qué productos y sustancias peligrosas se pueden transportar vía aérea?
Primero que todo, hay que consignar que la ONU ha clasificado en nueve categorías los productos peligrosos: Clase 1: Explosivos; Clase 2: Gases; Clase 3: Líquidos Inflamables; Clase 4: Sólidos Inflamables; Clase 5: Sustancias Comburentes y Peróxidos Orgánicos; Clase 6: Sustancias Tóxicas e Infecciosas; Clase 7: Material Radioactivo; Clase 8: Sustancias Corrosivas; y Clase 9: Mercancías Peligrosas Varias.

Eventualmente, todas estas mercancías pueden ser transportadas vía aérea, dependiendo de la cantidad de material y de cómo será su traslado.

¿Qué organismos regulan el traslado y cuáles son las normativas?
La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), que agrupa a todos los estados en materia de transporte aéreo, contempla el anexo 18 “Transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por vía aérea”, el que específicamente entrega una serie de normas y métodos recomendados en cuanto al transporte aéreo sin riesgos de estas mercancías.

En ese sentido, Chile nacionalizó este reglamento a través del denominado DAR 18, reglamento que tiene el mismo nombre del anexo mencionado, estableciendo las obligaciones tanto para el Estado como para la industria. Para implementar esta reglamentación, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) desarrolló un manual específico que identifica la mercancía por número, nombre, clase, cómo se deben transportar, cantidad, embalaje requerido y tipo, que puede ir en la aeronave de pasajeros o de carga.

A su vez, las líneas aéreas poseen un manual similar pero desarrollado por la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), el que es prácticamente igual en lo que se refiere a la forma y al fondo de la materia.

¿Qué rol juega la DGAC en este aspecto?
El papel que le corresponde a nuestra entidad es el de normar y fiscalizar. La DGAC es el organismo competente del Estado de Chile frente a la OACI. Es decir, cuando recibimos el Anexo 18, fue nuestro deber transformarlo en norma chilena. Al mismo tiempo, estamos a cargo de desarrollar y ejecutar una serie de normas, las que se clasifican como DAR, y sus consiguientes procedimientos. Esto es fundamental para que el Estado y la industria (líneas aéreas y agencias de carga) sepan cómo opera el sistema de transporte aéreo a nivel internacional y nacional.

En el caso de la fiscalización, Seguridad Aeroportuaria AVSEC, inspecciona cómo se prepara la carga en las bodegas, y el Departamento de Seguridad Operacional de la DGAC, cómo esta se sube al avión, entre otras tareas. Hay que destacar también que nuestro organismo es el encargado de responder a cualquier tipo de emergencia que ocurra en casos de incidentes que involucren mercancías peligrosas.

¿Cuál es la importancia de la cadena logística de estos productos para su transporte aéreo?
Tanto las líneas aéreas como las agencias de carga, además de los fabricantes de dichos productos, junto a los fabricantes de embalajes y de etiquetas e incluso los organismos de capacitación, están todos compenetrados para que esta cadena de transporte aéreo de cargas peligrosas funcione de manera correcta.

A este eslabón también se debe agregar una serie de otros participantes cuya labor es absolutamente esencial: tal es el caso de los instructores y el personal capacitado que manipulan estas mercancías a lo largo de todo el proceso de almacenamiento y transporte. Las etiquetas y señalizaciones que deben llevar los productos y los medios de transporte también es un detalle de suma relevancia. A su vez, la función que cumple el agente acreditado en las bodegas del aeropuerto es vital, ya que es él quien debe identificar y segregar estos materiales de las otras cargas y, a su vez, entregar el manifiesto a la línea aérea.

¿Qué errores se producen habitualmente?
Yo diría más bien que en ciertas ocasiones se producen fallas por desconocimiento de los involucrados respecto a los productos y sus respectivas cantidades. En un caso concreto, es obligación del agente de carga instruir y asesorar a un particular respecto a qué tipo de producto y cómo puede o no ser trasladado.

¿Destacaría alguna práctica para el transporte de estas mercancías?
Cuatro veces al año se llevan a cabo reuniones del comité de seguridad en el aeropuerto donde se tocan estos temas. Además, la DGAC cuenta con una sección especial dedicada a asesorar a los agentes logísticos, instructores y operadores de carga, entre otros. Cabe consignar que se considera que la clase de mercancía con más restricciones en el transporte aéreo, dado su nivel de peligrosidad y prohibiciones de transporte, son los explosivos.

¿Cómo calificaría el nivel de nuestro país para este procedimiento?
La tasa de incidentes y/o de infracciones a esta normativa son actualmente muy bajos a nivel nacional. Específicamente, de acuerdo a los resultados arrojados por el Programa Universal de Auditoría de la Vigilancia de la Seguridad Operacional, perteneciente a la OACI, Chile cumple plenamente con la normativa legal vigente en esta materia.

Mayo 2017
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