Jueves 18 de Abril de 2024       •      Dólar= $972,00      •      UF=$37.202,53       •      UTM=$65.182

Rafael Durán, Abogado de Araya & Cía.
Tras las pérdidas del paro portuario

A seis meses de que los trabajadores de quince puertos del país decidieran paralizar sus operaciones e impedir el movimiento de la mercancía que debían embarcar y desembarcar, los exportadores e importadores buscan que un hecho como este no se repita. Las pérdidas y daños ocasionados, todavía incuantificables, son la bandera de lucha del grupo de empresas y aseguradores representados por Araya & Cía. Abogados. Sobre este tema, conversamos con el abogado Rafael Durán, experto en transporte, derecho marítimo y seguros.

Los exportadores e importadores, ¿tienen posibilidades reales de recuperar las pérdidas ocasionadas por el paro portuario?
Existen fundamentos sólidos que permiten proyectar resultados favorables. Como en todo juicio, no puede garantizarse un resultado determinado, pero existe una serie de antecedentes que nos dan la tranquilidad de contar con un caso sólido. Por otra parte, y más allá del tema económico, las acciones legales de recupero serán un llamado de atención para autoridades, operadores portuarios y para el mismo sector exportador, respecto a que situaciones como estas no pueden volver a ocurrir.

¿Se busca sentar precedentes?
Así es. El primer objetivo de las acciones legales es el recupero de las pérdidas que cada empresa sufrió, pero además, y a nivel de política exportadora, esta instancia también es un llamado de atención, porque en Chile no existe una legislación portuaria que establezca una sanción para el operador portuario -o para los trabajadores de ese trabajador portuario- en caso de realizar una huelga que cause un daño a las mercancías.

La demanda busca generar un cambio, para que se establezca una política legislativa distinta que evite que se repitan huelgas como esta, que ocasionen pérdidas millonarias sin consecuencias para quienes la provocaron.

Antes de esta demanda, ¿no ha habido otras?
No. Es curioso que en huelgas pasadas no se iniciaran acciones legales importantes contra operadores portuarios; por eso esta marca un precedente importante, que persigue lograr un beneficio que -más allá de esta contingencia especial de marzo y abril de este año- motive un cambio en la conciencia que debemos tener como país exportador. Somos un país de gran capacidad exportadora, pero con un respaldo legal insuficiente.

¿Qué hizo la diferencia entre este paro y los anteriores?
En que las pérdidas fueron cuantiosas. Ocurre inesperadamente para los exportadores, puesto que los operadores portuarios no se encontraban en negociación colectiva, por lo tanto, el exportador no tenía cómo prever que una situación como esta ocurriría. Sucedió de un momento a otro, en el peak de la exportación de fruta, y el liberarla pasó a ser su moneda de cambio para deponer la huelga.

A un sector como el de la exportación frutícola, muy golpeado durante el último tiempo por la baja del dólar y el aumento del valor de la mano de obra, agregarle una huelga de un mes y medio fue el colmo. Agotó la paciencia de este sector, que incluso analizó la posibilidad de paralizar sus cosechas, porque, ¿para qué hacerlo si no era posible sacar la fruta del país?

¿Qué pasa en otros países en situaciones como ésta?
En Estados Unidos, por ejemplo, los administradores o trabajadores portuarios pueden hacer una huelga legal, pero si causan daño a la mercancía, por no embarcarla o desembarcarla, deben asumir ese daño; lo que es bastante lógico.

En el resto de los países no existe un desarrollo en cuanto a una legislación que contemple ese tipo de sanciones, porque las exportaciones no tienen importancia vital en su actividad económica, pero en un país como Chile se hace urgente que exista. Debe ser posible exigir al operador portuario un seguro que cubra esta contingencia, avalado por un marco legal que favorezca la protección a todo tipo de mercancías, pero en especial a las de carácter perecible.

¿Están cuantificadas las pérdidas ocasionadas por el paro portuario?
Se habla de varios miles de millones de dólares, pero la cifra exacta aún no está clara, porque las pérdidas son muchas y en diversas áreas. Los importadores y exportadores vieron perjudicada su imagen de marca, el prestigio de la imagen-país y su relación con los clientes, porque la mercadería comprometida no llegó -o lo hizo un mes tarde- y en el caso de la carga perecible, las pérdidas fueron directas. A eso se suman gastos adicionales significativos, porque durante el tiempo en que se extendió la huelga y la mercancía estuvo en el puerto, las empresas pagaron una sobreestadía en muchos casos al operador portuario.

¿En qué etapa se encuentra el proceso judicial?
Hace algunas semanas se efectuó la presentación de la primera acción legal, en representación de un grupo de importadores de fruta que venía desde Ecuador a Chile y que tuvo su carga detenida cerca de un mes y medio.

Las demás empresas están en proceso de determinar sus pérdidas totales, dependiendo de la cobertura de los seguros que tenían contratados. Después de eso se determinará qué porcentaje de ellas tendrá cobertura, para tener certeza del daño causado y pedir la indemnización correspondiente al administrador portuario.

¿Qué pasos se deben seguir para el recupero de las pérdidas?
En caso de existir, lo primero es tramitar el pago de la indemnización ante el seguro, si procede, lo que generalmente permite recuperar parte de las pérdidas. En el caso de no existir seguro, o bien existiendo éste para cubrir solo parcialmente las pérdidas, es importante reunir toda la información que verifique la exportación y respalde las pérdidas. Estos documentos permiten sustentar la acción y llevarla adelante.

Desde el punto de vista legal, con esos antecedentes se inicia la gestión de designación de árbitro, para luego presentar una demanda de indemnización de perjuicios en contra de los responsables.

¿Qué dificultades pueden enfrentarse en este proceso?
No otras que las usuales en todo proceso judicial. Es muy trascendente que cada afectado inste por el recupero de sus pérdidas. Ante el tribunal se hará ver que cada operador portuario tiene la obligación de prestar servicios en forma continua y permanente, lo que no se realizó en el presente caso, convirtiéndose en un tema sensible para la economía del país.

Octubre 2013
.......
Comentarios acerca de este artículo
No hay comentarios publicados
Comenta este artículo
Nombre:
Empresa:
Email:
Comentario:
Notificarme de actividad en este artículo
Ingrese los caracteres de la imagen:
Reportajes
CENTROS DE BODEGAJE: Tendencias que definen una industria dinámica
WMS Y TMS: El avance de la tecnología especializada en logística
PLATAFORMAS ELEVADORAS: Más que solo altura
Contáctenos
Dirección: José Manuel Infante 919,
Providencia, Chile
Teléfono: (562) 2433 5500
Email: info@emb.cl
Visite también:
© Copyright 2019 Editora Microbyte Ltda.