Viernes 19 de Abril de 2024       •      Dólar= $972,00      •      UF=$37.202,53       •      UTM=$65.182
gar1.jpg (4809 bytes)
Envasado y Transporte de
Mercancías Peligrosas
Por Bernardo Gárate, Director Programa Tecnológico del Envase-PROTEN Universidad Tecnológica Metropolitana, UTEM.

Para un transporte seguro de mercancías peligrosas, se debe considerar obligatoriamente a los envases y sistemas de embalajes utilizados en el proceso. Si bien a nivel de autoridades se está trabajando para atender este asunto, Chile aún tiene temas pendientes con respecto a la regulación internacional.

Diversos estudios realizados por el Programa Tecnológico del Envase-PROTEN han detectado problemáticas sobre el envasado y transporte de mercancías peligrosas, todas ellas urgentes de resolver, y que en una óptica de análisis y propuestas se comentan a continuación.

Aspectos Regulatorios

La situación regulatoria internacional tiene como base las recomendaciones de Naciones Unidas Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas, en donde se establece que el objetivo principal de la disposición es velar por la seguridad de las personas, los bienes y el medio ambiente, considerando para ello los progresos tecnológicos, aparición de sustancias y materiales nuevos, el surgimiento de exigencias, sistemas de transporte, prácticas y tendencias del comercio internacional, evolución de las legislaciones, entre otras.

En Chile, 3 oganismos intervienen en la fiscalización en este tema: el Ministerio de Transporte, a través de Carabineros de Chile; la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina MercanteDirectemar; y la Dirección General de Aeronáutica Civil-DGAC.


Aspectos Normativos

Claramente, las normas oficiales chilenas que apoyan las regulaciones no son suficientes ni están debidamente actualizadas, sobre todo considerando la evolución que estos temas han tenido internacionalmente. Además, resulta necesario coordinar y unificar criterios para la certificación y autorización de uso de envases/embalajes aptos entre los distintos entes fiscalizadores chilenos, normativa inexistente hasta hoy en el país.


Aspectos Operativos

En Chile hay varias actividades industriales que utilizan, producen, envasan y/o transportan mercancías peligrosas, debido a lo que la presencia de estas mercancías en instalaciones portuarias, aeroportuarias y en carreteras es permanente. Puntualmente, en el transporte terrestre, esta es una situación muy delicada, dado que las unidades que trasladan mercancías peligrosas están obligadas a coexistir con los sistemas de transporte de pasajeros y vehículos particulares en las mismas carreteras y horarios. De ocurrir alguna emer-gencia, su coordinación se rige por el Decreto Supremo 50, del Ministerio de Transportes, firmado conjuntamente con el Ministerio de Salud, Carabineros y Bomberos; documento donde confluyen y se establecen los roles de todas las instituciones que participan en un incidente de materiales peligrosos, facilitándose el tratamiento de la emergencia.


Recomendaciones

Unificación de criterios: Es imprescindible que las entidades re-gulatorias/fiscalizadoras aérea, marítima y terrestre unifiquen criterios, procedimientos y documentos regu-latorios, con el fin de aplicar una modalidad común de fiscalización del transporte y certificación de envases para mercancías peligrosas.

Capacitación a transportistas: Los sistemas de transporte deben ser capacitados en las buenas prácticas de manipulación, transporte, acopio y manejo de emergencias de mercancías peligrosas, así como en la sim-bología obligada para medios de transporte y envases.

Capacitación a fiscalizadores: La fiscalización, particularmente en carreteras y caminos, debe ser realizada por personal capacitado en estas buenas prácticas de manipulación, transporte, acopio y manejo de emergencias de mercancías peligrosas, puntualmente miembros de Carabineros de Chile, dada su gran presencia en calles y caminos del país.

Actualización de normas y reglamentos: Si bien la última revisión al Decreto 298 es del año 2002, la normativa que lo soporta tiene más de 10 años y sólo está en proceso de oficialización una norma asociada al tema. Respecto a la puesta en operación de las carreteras y autopistas concesionadas de alta velocidad y del aumento en la cantidad de cargas peligrosas que actualmente en ellas circulan, además de la evolución de la regulación internacional sobre mercancías peligrosas, es necesario una revisión detallada para una actualización y elaboración de nuevos reglamentos y normas.

ANEXO: NOTAS ACLARATORIAS

El documento "Recomendación de Naciones Unidas Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas", constituye la base a nivel mundial de la regulación sobre buenas prácticas para la manipulación, envasado, apilamiento y transporte de sustancias y mercancías peligrosas.

Las regulaciones de transporte marítimo internacional son emanadas de la Organización Marítima Internacional (IMO), y las del transporte aéreo internacional por la Organización de Aeronáutica Civil Internacional (ICAO), ambos organismos dependientes de Naciones Unidas.

El Código Marítimo Internacional, y el Reglamento para el Transporte Aéreo de Sustancias Peligrosas son textos elaborados a partir de las Recomendaciones Relativas la Transporte de Sustancias Peligrosas de Naciones Unidas. En el caso particular del transporte aéreo también opera la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), que ha elaborado reglamentos para transporte de mercancías peligrosas basados en los documentos oficiales de ICAO. En este contexto regulatorio internacional, se indica que a los envases/embalajes, debidamente certificados, se les debe imprimir un código que los identifica como tal, y que indique al manipulador o transportista de esta capacidad del envase/embalaje.

En Chile, El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones es el ente regulador para el transporte terrestre de mercancías peligrosas. Es así como ha puesto en vigencia el Decreto 298 "Reglamento para el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos" publicado el 11/02/1995, y con la última actualización a través del Decreto 116, del 02/02/2002. Este cuerpo regulatorio detalla las condiciones de transporte de estas sustancias por vía terrestre, señalando además de manera muy general el envasado de estas mercancías.

En el ámbito de las normativas vigentes en Chile, sólo una parte de los contenidos de las regulaciones internacionales están contenidas en las normas NCh382.Of89, NCh2120.Of89 – partes 1 a 9- NCh2190.Of93 y NCh2245.Of93. En lo específico de envases y embalajes, las normas NCh2137.Of1992 y NCh2190.Of2003 son los únicos documentos normativos chilenos existentes que consideran el envasado de mercancías, pero no abordan la certificación de envases y embalajes.

Finalmente, en este momento se encuentra en estudio la norma NCh2979.c2005 "Sustancias peligrosas - Segregación y Embalajes/Envases en el Transporte" que aportaría importantes antecedentes para el envasado y tipos de envases aptos para sustancias peligrosas.

Agosto 2006
.......
Comentarios acerca de este artículo
No hay comentarios publicados
Comenta este artículo
Nombre:
Empresa:
Email:
Comentario:
Notificarme de actividad en este artículo
Ingrese los caracteres de la imagen:
Reportajes
CENTROS DE BODEGAJE: Tendencias que definen una industria dinámica
WMS Y TMS: El avance de la tecnología especializada en logística
PLATAFORMAS ELEVADORAS: Más que solo altura
Contáctenos
Dirección: José Manuel Infante 919,
Providencia, Chile
Teléfono: (562) 2433 5500
Email: info@emb.cl
Visite también:
© Copyright 2019 Editora Microbyte Ltda.