¿Cuáles son las resoluciones más importantes establecidas en el fallo? El TDLC ordena a SCL cobrar en conformidad a lo autorizado por las bases de licitación, declarando que las recaudaciones efectuadas fuera de bases, como son aquéllas por kilo transportado, resultan contrarias a las mismas y no autorizadas por el Estado. Entre los reclamos que realizamos, figura la arbitraria modificación en la modalidad de cobro, pues incrementó las subconcesiones en un 350%, desconociendo las bases de licitación, a la vez que no realizó mejora alguna a las condiciones en las que se encuentra el terminal. Junto con multar a SCL en aproximadamente $800 millones, el tribunal dictaminó el arriendo de un terreno a nuestra asociación con la finalidad de ser destinado a la construcción de un terminal modelo para el transporte expreso, apto para desarrollar nuestras actividades. Además, el TDLC culpa al MOP de no haber fiscalizado correctamente el contrato de concesión a través del Inspector Fiscal. ¿El fallo fue acatado por las partes o habrá alguna apelación? La concesionaria apeló al fallo frente a la Corte Suprema, organismo que tiene un plazo máximo de seis meses para dirimir definitivamente esta situación. Es más, tengo entendido que SCL ya presentó el recurso respectivo, sin embargo, estamos confiados en que todo se mantendrá de acuerdo a lo que decidió el TDLC. ¿Qué precedente sienta esta resolución del TDLC? Este fallo es trascendente porque por segunda vez condena a SCL como una empresa monopólica con prácticas contrarias a la libre competencia, que ha abusado de su posición dominante respecto de sus contratantes. Asimismo, el fallo protege a pequeños empresarios respecto de conductas abusivas y monopólicas de un operador de una concesión estatal que pretendía lucrar mediante su posición dominante. Es así como el TDLC estimó que SCL percibió ingresos injustificados por su conducta abusiva equivalentes a $522 millones, cifra que deberá ser devuelta a las empresas. ¿Cuál es la principal repercusión que esto genera en el sector? La posibilidad de posicionar nuestra industria como una plataforma logística internacional se hace mucho más factible tras este fallo y, sobre todo, al considerarse la posibilidad de construir un centro logístico para el ingreso y salida de mercancías expresas acorde a nuestras necesidades y la de nuestros clientes, permitiéndonos mejorar la eficiencia operacional y, con ello, facilitar los procedimientos de control por parte de los organismos fiscalizadores. Hay que destacar la magnitud real de este tipo de servicios, ya que si bien el mercado del transporte expreso constituye alrededor del 2% del total de kilos, en términos del total de operaciones aduaneras, dicha cifra se eleva casi al 27%. ¿Qué puede adelantar respecto a la construcción del nuevo complejo? Como aún no hay una resolución de la Corte Suprema, todavía no sabemos cuándo ni dónde se construirá este terminal. Respecto a la obra, cabe destacar que la resolución del TLDC establece que las condiciones de construcción no pueden amparar otros servicios a costo de nuestras empresas asociadas, como nos obligaba SCL. Nuestro propósito es incorporar nuevas tecnologías, diseños modernos y eficientes para concentrar todos los servicios y oficinas en un mismo lugar. Desde hace casi tres años, tenemos elaborado un bosquejo de la construcción, y la intención es que cada empresa cuente con su propio espacio para su operación interna, además de oficinas para los organismos fiscalizadores, con los sistemas de seguridad pertinentes a un complejo de esta envergadura, que debería contar al menos con unos 6 mil metros cuadrados. ¿Cuáles son los beneficios logrados por Atrex luego del fallo? Uno de los aspectos más rescatables de esta situación fue el hecho de que nuestra entidad haya llevado a cabo este proceso de manera asociativa. Además, abre las puertas para lograr un viejo anhelo: construir nuevas instalaciones y resolver un grave problema de hacinamiento y mala calidad de operaciones y servicio. Por otro lado, esta medida permitirá lograr un evidente mejoramiento del proceso de fiscalización por parte de las autoridades de Aduanas, lo cual beneficia directamente la calidad del servicio de las firmas de transporte expreso. |