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21/01/2019
Juez español declara por primera vez la electrosensibilidad como accidente laboral
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Por primera vez en España, la electrohipersensibilidad que padeceun técnico de sistemas y telecomunicaciones, se clasificó como “accidente laboral” tras una sentencia judicial.

Joaquín Sanz comenzó a desarrollar en 2009 un “cuadro multisomático de origen neurológico central y la disfunción límbica” que se manifestaba claramente en el centro de trabajo con cefaleas, acúfenos, dolor muscular, astenia y falta de concentración cuando el trabajador estaba expuesto a los campos de alta y baja frecuencia de su puesto de trabajo, como wifi, radios o transformadores.

En España, la electrosensibilidad no es reconocida actualmente como enfermedad laboral, al contrario que algunas hipersensibilidades a agentes químicos. Según el Comité Científico Asesor en Radiofrecuencias y Salud (CCARS), no hay motivos para preocuparse por las ondas electromagnéticas porque no se han demostrado efectos adversos para la salud.

Asimismo, expertos aseguran que la mayoría de los estudios realizados hasta el momento constatan que no hay riesgos para la salud condicionados a las cantidades de energía que emite, por ejemplo, una antena de telefonía. Consideran que se ha creado una alarma exagerada en torno a este tema.

No obstante, según el abogado del demandante, esta sentencia “abre una vía para que otros casos puedan tener la misma consideración de contingencia profesional”, mientras que hasta el momento solo se había logrado que se reconociese como enfermedad común, lo que dificulta mucho el proceso para el derecho de prestación por incapacidad.

Hasta el momento, la sentencia cuenta con precedentes escasos. En 2011, el Tribunal Supremo de Italia ratificaba que el neurinoma del nervio craneal de InnocenteMarcolini había sido causado por las varias horas al día que pasaba hablando por el teléfono móvil por motivos de trabajo. Del mismo modo, en 2017 Roberto Romeo conseguía que su tumor cerebral consecuencia del uso del teléfono móvil fuese considerado como enfermedad profesional por el Tribunal de Justicia de Ivrea. Ambas sentencias tuvieron en cuenta la información científica aportada por los peritos en la que se demostró que hay una relación causal entre la radiación del teléfono móvil y el cáncer cerebral, lo que hizo que en 2011 la OMS clasificase los campos electromagnéticos de radiofrecuencia como categoría 2B o posiblemente cancerígeno en humanos.

En 2016 el ingeniero de telecomunicaciones Ricardo de Francisco conseguía que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declarase que su electrosensibilidad era causa de Incapacidad laboral, del mismo modo que lo lograba en 2017 una trabajadora de la Universidad de Murcia.

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