Inicio
Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter
Viernes 19 de Abril de 2024         •         Dólar= $953,80         •         UF=$37.207,48         •         UTM=$65.182
08/11/2018
Justicia reconoce enfermedad laboral a trabajador con alzhéimer
Club de fútbol equipara condiciones laborales de sus equipos masculino y femenino (20/08/2019)
ONG brasileña etiqueta ropa para llevar registro Blockchain de condiciones laborales (13/08/2019)
UE acuerda mejorar condiciones laborales de trabajadores informales y precarios (07/02/2019)
Uber pierde apelación en el Reino Unido para anular fallo sobre condiciones laborales (04/01/2019)

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana, en España, reconoció como enfermedad profesional la dolencia mental que sufre un trabajador diagnosticado de alzhéimer.

Aunque admite que el alzhéimer no puede ser calificado como enfermedad profesional, pues se desconoce su origen, el tribunal sí considera que existe una “gran probabilidad” que los síntomas de demencia que padece el empleado se deban a su contacto con los productos químicos y pesticidas con los que trabajó durante casi 40 años. Lo que permite reconocerle la prestación que le corresponde por enfermedad profesional, consigna El País.

La sentencia, no obstante, se cuida mucho de considerar probada la vinculación entre la enfermedad degenerativa y los productos tóxicos. Según afirma, no existe la “certeza absoluta” de que estos sean su causa, y añade que admitirlo “constituiría un hito científico de magnitud mundial”.

Lo que sí constata la sentencia es que durante los últimos diez años el trabajador estuvo en observación en un hospital por pérdidas de memoria, episodios ocasionales de desorientación, olvidos y pérdidas de objetos personales. En ese período de tiempo, la empresa no instauró ningún tipo de medidas de protección y solo posteriormente comenzó a usar el trabajador elementos de protección como guantes y mascarilla.

Por ello, y teniendo en cuenta que no tiene antecedentes genéticos, el tribunal determinó que debe calificarse como enfermedad profesional.

GRUPO EDITORIAL EMB
Sucre 2235 Ñuñoa
Santiago
Chile
Fono: (56.2) 433 5500
info@emb.cl
www.channelnews.clwww.electroindustria.clwww.gerencia.clwww.ng.clwww.embconstruccion.cl
Resolución mínima: 1024 x 768

© Copyright 201
8 Editora Microbyte Ltda.