El Juzgado de lo Social número 1 de Eibar (Gipuzkoa, País Vasco, España) reconoció como accidente de trabajo la crisis de ansiedad sufrida por una trabajadora de Osakidetza, el Servicio Vasco de Salud.
La empleada, responsable de admisión de consultas externas del Hospital de Mondragón (OSI Alto Deba), sufrió una crisis de ansiedad en septiembre de 2016 debido al "exceso de carga de trabajo".
El médico del departamento de salud laboral de la propia Osakidetza derivó a la paciente a su médico de atención primaria en vez de a la mutual, lo que, a juicio de CC. OO., supone un "intento de ocultar el origen profesional de la crisis de ansiedad".
Según CC. OO., la resolución judicial considera como un hecho probado que la trabajadora había comunicado varias veces a sus superiores el exceso de carga de trabajo que soportaba.
La sentencia no tiene en cuenta las alegaciones formuladas tanto por la mutual Mutualia, que defendía que no se tratara como accidente de trabajo por haber acudido la paciente al médico de atención primaria, y por la propia Osakidetza que argumentaba que la carga de trabajo era "asumible", agregó el sindicato.
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