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07/04/2017
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Entre los cambios más comentados de la reforma laboral, está la posibilidad de aplicar un esquema de cuatro días de trabajo y tres de descanso. Esto, para aquellas empresas donde haya un 30% de trabajadores sindicalizados, donde los sindicatos podrán negociar con su empleador este sistema, manteniendo las 45 horas semanales, pero con un día menos de labores.

Javier Irarrázaval, especialista de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad San Sebastián, llama a la prudencia en relación a las expectativas generadas en los trabajadores.

Irarrázaval precisa que es importante aclarar algunos puntos de la nueva legislación, señalando que “la reforma laboral afecta únicamente a los trabajadores que se rigen por el Código del Trabajo, por lo que todo aquel empleado público que se rige por el Estatuto Administrativo queda inhabilitado para pactar una semana laboral de cuatro días”.

Por otra parte, “se exige que al menos un 30% de los empleados de la empresa estén sindicalizados, cuando en Chile sólo un 13,2% de la población asalariada lo está. Al analizar la sindicalización por rubro, el único que cumpliría con el requisito es la minería, con casi 35% de sindicalización, por lo que claramente la posibilidad de trabajar cuatro días a la semana está orientada casi exclusivamente hacia el sector minero”, añade.

Sin embargo, la mayoría de las empresas mineras ya trabajan con turnos especiales, como el régimen de siete días continuos de trabajo y siete de descanso (7×7), mientras que en promedio no se trabaje más de las 45 horas semanales reglamentarias.

Además, según el tamaño de la empresa, la tasa de trabajadores sindicalizados llega a 26,7% en las grandes empresas, mientras en las medianas es de 11,9% y de 3,9% en las pequeñas. O sea, es más probable que una gran empresa aplique esta medida que una mediana o pequeña, puesto que se acercan más, en promedio, a una sindicalización del 30%.

Con estos datos aterrizados, “lamentablemente la posibilidad que ofrece la reforma laboral de trabajar cuatro días a la semana es prácticamente letra muerta, puesto que muchos trabajadores no pueden optar a ella (sea porque son empleados públicos o porque la sindicalización en su empresa no llega al 30%), o, si pueden, como en el caso de las grandes empresas mineras, la empresa ya encontró otra solución hace décadas”, puntualiza.

Lo anterior no quiere decir que no pueda haber casos reales de empleadores y empleados que puedan verse beneficiados por esta nueva norma, pero dados los requisitos, serán muy pocas las empresas que podrán pactar esta concentración de las horas trabajadas en tan sólo cuatro días.

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