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La importancia de la Iluminación de Emergencia

La normativa chilena exige la instalación y mantenimiento de sistemas de iluminación de emergencia en recintos de reunión de personas, de modo de proveer vías seguras de escape en caso de un siniestro.

El capítulo 11 de la NCh. Elec. 4/2003, particularmente en la sección 11.5, establece las condiciones en que son exigibles los sistemas de iluminación de emergencia y las exigencias técnicas que estos deben cumplir. La finalidad de este tipo de alumbrado es proporcionar vías seguras de escape, sin posibilidad de confusiones a las personas que, en condiciones de emergencia, se vean obligadas a abandonar los recintos clasificados como locales de reunión de personas, entendiéndose como tales a todo sitio cerrado en que esté presente un número superior de 25 personas por lapsos de tiempo mayores a 15 minutos.

La iluminación de emergencia se define como una instalación diseñada para entrar en funcionamiento en caso de fallar el sistema de iluminación normal. Bajo este concepto, la NCh. Elec. 4/2003 define las clases: de Seguridad, de Reemplazo, Antipánico y de Zonas de Trabajo Riesgoso (ver diagrama).

En términos de su fuente de energía, el alumbrado de emergencia se puede dividir en:

Alumbrado no permanente o autoenergizado: Se alimenta por un sistema de energía propio, en base a baterías de plomo o níquel cadmio. Estos sistemas tienen autonomías variables, dependiendo del modelo. El suministro de energía es directo de la red, y ante una falla de la energía el sistema de iluminación se activa automáticamente y se desconecta cuando llega la energía eléctrica. Una vez conectado a la red, sus baterías se recargan.

Alumbrado de emergencia con apoyo de grupo generador: Este sistema opera con un generador o un centro de baterías que automáticamente entra en acción ante una falla del suministro normal de energía. A diferencia de los sistemas autoenergizados, su desventaja radica en que depende del respaldo del grupo generador, que lo hace más vulnerable en caso de incendio o daño de la estructura del edificio.

¿Dónde instalar iluminación de emergencia?
La instalación de luces de emergencia autoenergizadas será de carácter obligatorio, a lo menos, en los siguientes lugares:

Sobre cada puerta de salida de emergencia.

Cerca de las escaleras (una distancia no mayor a 2 metros medidos horizontalmente respecto del punto), de modo que cada escalón reciba iluminación directa.

Cerca de cada cambio de nivel de piso.

En todo cambio de dirección de la vía de escape.

En toda intercepción de la vía de escape, con corredores laterales.

Al exterior de edificios en la vecindad de las salidas.

Cerca de equipos de extinción o alarmas de incendio.


A su vez, se recomienda la instalación de luces de emergencia autoenergizadas en:

Accesos generales de planta de edificios de uso público.

Cerca de cada puesto de primeros auxilios.

En estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, incluidos los pasillos y las escaleras que conduzcan desde aquellos hasta el exterior o hasta las zonas comunes del edificio.

En lugares donde estén ubicados tableros eléctricos.


La norma indica la obligatoriedad de ubicar junto a la iluminación de emergencia, paneles luminosos de señalización a fin de indicar las vías de evacuación. Los colores de seguridad utilizados como fondo de señalización de emergencia serán:

Rojo: Prohibición, además de información de equipos de emergencia y de lucha contra el fuego.

Verde: Información, condición segura.

El color de contraste para las letras de las señales será el blanco, excepto para los fondos amarillos en donde el color será negro.

Clases de Iluminación de Emergencia, según NCh. Elec. 4/2003

Mantenimiento de los equipos de Alumbrado de Emergencia

La norma establece que los sistemas de emergencias deberán ser probados periódicamente para comprobar su perfecto estado de funcionamiento y asegurar su correcto mantenimiento. Por lo menos, una vez al año su operación deberá ser supervisada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles o por el organismo inspector que esta designe.

Chequeo de las baterías: Las baterías que se utilizan en las luminarias de emergencia tienen una vida estimada de 4 años, con un funcionamiento normal (Norma IEC 598-2-22). Se recomienda realizar un test trimestral para verificar el estado de las baterías. En este test, las baterías quedan descargadas y no estarán operativas en casos de emergencia. Por tanto, el test se ha de realizar:

- En períodos de cierre del establecimiento.

- En el caso de locales sin período de cierre, se debe garantizar que dos luminarias vecinas no queden fuera de servicio al mismo tiempo. Se debe considerar que la batería necesita 24 horas para completar su carga.

Chequeo de las lámparas: Una lámpara tiene una vida media estimada en horas que varía dependiendo de su tipo (LED, incandescente, fluorescente, neón). En el caso de los tubos fluorescentes que están encendidos de forma permanente (luminarias combinadas), se recomienda cambiarlos cada 6 meses. El mantenimiento puede hacerse trimestralmente junto con el chequeo del estado de las baterías.

Instalación: Se debe consultar la nota técnica que se adjunta con las luminarias de emergencia para no tener dudas sobre su instalación. No emplear las luminarias para otro fin distinto al que especifica el fabricante.


Artículo gentileza de Aldo Carreño Cisternas, ITO Gerencia EHS, Cross Sector Chile, de Siemens.
Junio 2016
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Comentarios acerca de este artículo
Cristian Bustos Personal (15/06/2016)

Muy buen documento, indica marco legal, requerimientos y foma de dar cumplimiento a fin de asegurar psu funcionamiento ante una eventual emergencia.
Mis felicitaciones al generador de la columna.

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