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Vigilancia de la salud de los trabajadores
Por Pamela A. Gana Cornejo, Intendenta de Seguridad y Salud en el Trabajo, Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).
Si bien por ley existen varios protocolos enfocados a minimizar los riesgos para la salud de los trabajadores, aún es necesario tener en cuenta que no todo está solucionado. El trabajo mancomunado entre trabajadores, empleadores, mutuales y la importancia de regular los exámenes pre-ocupacionales, son algunos de los temas pendientes.
Pamela A. Gana Cornejo.

Uno de los aspectos del que debe hacerse cargo un apropiado Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo es el seguimiento del estado de salud de los trabajadores, cuando estos son expuestos a riesgos en sus ambientes laborales. Al respecto, existen actualmente 7 protocolos de vigilancia emitidos por el Ministerio de Salud, regulando la vigilancia a riesgos como son, entre otros, el ruido, sílice y plaguicidas.

Ante el evento de existir exposición a los factores de riesgo antes señalados, los organismos administradores de la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Mutuales o ISL) deberán poner en práctica lo contemplado en dichos protocolos, lo que incluirá acciones de prevención y vigilancia del estado de salud de los trabajadores expuestos.


Áreas en las que trabajar

En esta materia de la Salud y Seguridad en el Trabajo existen muchos espacios por avanzar y desafíos por enfrentar. En primer lugar, se deben desarrollar protocolos de vigilancia que se hagan cargo de riesgos conocidos aún no normados y de aquellos nuevos que han surgido debido a cambios tecnológicos y organizacionales. En esta última línea resalta el Protocolo de Riesgos Psicosociales en el Trabajo, publicado en 2013 por el Ministerio de Salud, el cual se hace cargo de un tema cada vez con mayor prevalencia en la salud laboral.

Segundo, se debe tener en cuenta que el seguimiento de la vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos debe contemplar el ciclo de vida laboral completo. Es decir, desde su incorporación al mercado laboral hasta su retiro, e incluso más allá de este, en el caso de exposición a elementos de alto riesgo en los cuales existe una latencia en la aparición de enfermedades, como es el caso de la exposición al asbesto.

Lo anterior debe ser independiente de que el trabajador interrumpa su participación en el mercado laboral, se cambie de empleador o de mutualidad. De igual forma, se debe avanzar en regular los exámenes pre-ocupacionales que los empleadores realizan dando cumplimiento al código del trabajo, al certificar la aptitud médica en los casos que el trabajador será expuesto a agentes de riesgo o riesgo de accidentabilidad específicos; en esto último, los trabajadores, empleadores y mutualidades deben tener más certeza en el marco de acción en el cual se puede actuar. En esta materia es necesario un trabajo intersectorial que involucre tanto al Ministerio de Salud como a la Superintendencia de Seguridad Social.

En tercer lugar, y no menos importante, es necesario aumentar la cobertura de los actuales programas de vigilancia, ampliando el accionar de las Mutualidades en su levantamiento de riesgos y en la incorporación de los trabajadores al seguimiento de vigilancia de la salud. En esta materia, la regulación emitida por la Superintendencia de Seguridad Social debe establecer metas claras de avance a los organismos administradores.

Por último, es indispensable establecer un sistema de información que capture las variables relevantes de esta vigilancia por trabajador, independientemente del cambio de empleador o de mutual, como ya se mencionó anteriormente. Este sistema, además, debiera contemplar el cruce de información de este con otras fuentes disponibles relacionadas a la Seguridad y Salud en el Trabajo, como son los registros de enfermedades profesionales, permitiendo así un análisis integral del sistema, que permita realizar evaluaciones a largo plazo de las acciones preventivas llevadas a cabo. Además, la implementación de un sistema de información de esta naturaleza deberá permitir mejorar las acciones de fiscalización de los actores que supervisan el sistema, como son las Secretarías Regionales del Ministerio de Salud, Dirección del Trabajo y Superintendencia de Seguridad Social.

En la Superintendencia de Seguridad Social esperamos poder avanzar, en el futuro cercano y de mediano plazo, en los aspectos antes señalados de nuestras competencias y, con esto, estamos seguros de que lograremos mejoras importantes en el logro de un adecuado Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo que avance en el logro de tener un mercado laboral con trabajo decente para nuestro país.

Octubre 2015
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