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Programas de Vigilancia

Una revisión periódica de los puestos de trabajo, enfocada a la salud y seguridad, permitirá llevar un registro de las condiciones y detectar oportunamente situaciones riesgosas.
Por Ana Paola González Saavedra, Kinesióloga, Coordinadora de Ergonomía en Universidad Mayor.

En el mundo del trabajo, hemos experimentado una serie de cambios sociales y culturales, por lo que comprenderlos y analizarlos nos permite abordar con una nueva mirada las enfermedades profesionales, situando los Programas de Vigilancia Epidemiológica (PVE) como eje central, cuyos pilares fundamentales son el Monitoreo Ambiental de los lugares de trabajo y el Monitoreo Biológico de los trabajadores expuestos.


¿Qué es un Programa de Vigilancia?

Un Programa de Vigilancia (PV) es un instrumento de aplicación con orientaciones prácticas, que se implementa en los lugares de trabajo. Tiene por objetivo ser una herramienta reglamentaria y unificadora de criterios en el proceso de identificación y evaluación de factores de riesgo de las tareas laborales y puestos de trabajo, como también de su control y seguimiento. Estos PV establecen requerimientos mínimos para la implementación de programas de vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores, así como también la derivación del trabajador post determinación del daño, intervención del puesto de trabajo, rehabilitación, reeducación profesional y derivación médico legal.

El PV debe estar a cargo de un equipo multidisciplinario de los administradores del seguro Ley N° 16.744, el que debe comprender las áreas de salud ocupacional, prevención de riesgos e higiene industrial. Este equipo debe definir, de acuerdo a las necesidades propias de las organizaciones a examinar, la frecuencia de los exámenes médicos, la sensibilidad y especificidad de los métodos de evaluación y monitoreo de las actividades de prevención incorporadas, y las medidas de control adecuadas para el ambiente de trabajo en particular. Estos antecedentes, analizados en conjunto y desde un enfoque de equipo, deben permitir identificar el universo de trabajadores con exposición ocupacional a los diferentes agentes que deben ser objeto de vigilancia de la salud durante el tiempo que dure la exposición, a niveles iguales o superiores al criterio de accio´n, todo ello con la finalidad preventiva.

De igual modo, los empleadores deben contar con un PV para trabajadores expuestos con la finalidad de gestionar de manera adecuada el riesgo y su exposición en los diferentes lugares de trabajo. Para ello, deben contar con el apoyo del equipo multidisciplinario mencionado. Entre los riesgos que ya están en PV, se encuentran: ruido, radiación UV, radiación ionizante, factores psicosociales, trastornos músculos esqueléticos de extremidad superior relacionados al trabajo, silicosis, plaguicidas, etc.

Un PV debe contar, a lo menos, con Objetivos, Funciones y Responsabilidades y Vigilancia Ambiental, con sus respectivas evaluaciones ambientales, que detallen:

Características generales del recinto con un mapa de riesgo cualitativo y cuantitativo.

Ubicación y área de influencia de las fuentes contaminantes.

Principales fuentes generadoras que influyen en el puesto de trabajo evaluado.

Actividad o tarea que se realiza en el puesto de trabajo.

Número de trabajadores que realiza una tarea determinada.

Tiempo asociado a cada tarea para cada trabajador.

Presencia de ciclos de trabajo.

Existencia de grupos similares de exposición.

Con esto, se logra identificar en forma clara los trabajadores expuestos, puestos de trabajo y tareas en riesgo. Se debe actualizar esta información según lo que indique cada PV vigente. Este trabajo lo realizan en conjunto las áreas de Recursos Humanos y Prevención de Riesgos, quienes implementan las medidas de control ingenieriles, administrativas y/o elementos de protección.

El marco legal para sustentar un PV está basado desde la Constitución Política del Estado, e involucra al Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Código Sanitario, Código del Trabajo y al Ministerio de Salud. Por ejemplo, el DS 109/68 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Artículo 29; y el DS 73/2005, Art. 72, letra g, entre otros.


¿Cuáles son los desafíos de la actividad de PV?

En primer lugar, aumentar la cobertura de trabajadores expuestos a agentes de riesgo ya identificados y que cuentan con PV. Además, se necesita incorporar a PV otros riesgos que generan enfermedades ocupacionales, y revisar los PV donde el control ha sido insuficiente.

En conclusión, los PV ocupacionales son actividades efectivas para proteger la salud de los trabajadores y la productividad de las empresas, dado que el capital humano sigue siendo el principal factor de desarrollo de los países.

Agosto 2015
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