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Carmen Bueno, Especialista en Seguridad y Salud de OIT
“El desarrollo de una cultura preventiva no es un proceso
a corto plazo”

Hace más de seis meses entró en vigencia en Chile el Convenio N° 187 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), reglamento destinado a promover un marco promocional para la seguridad y salud laboral, y que además pretende desarrollar una cultura preventiva. Para conocer cómo ha sido recibido en el país, HSEC Magazine conversó con Carmen Bueno, Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo de la oficina de la OIT para el Cono Sur.

A pocos meses de la entrada en vigencia en Chile, ¿cómo han recibido el Convenio Nº 187 el empresariado y los trabajadores?
Este convenio llama al Estado a formular y poner en práctica una Política y un Programa Nacional de Seguridad y Salud, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, lo que supone una participación por parte de los mismos que fue, en un inicio, bien acogida. Sin embargo, la creación de un Consejo Consultivo de Seguridad Laboral (una de las primeras medidas adoptadas), generó una cierta decepción por parte de los actores sociales, pues los miembros que les representan en dicho comité no fueron elegidos por ellos mismos, sino por el propio Gobierno.

Además, aparte de la ratificación de este acuerdo, y según los anuncios del Gobierno tras el accidente minero, los trabajadores esperaban que se ratificaran los convenios Nº 155 (sobre seguridad y salud de los trabajadores) y 176 (sobre seguridad y salud minera).

¿Qué aspectos deben primar para desarrollar una cultura nacional preventiva?
Para la OIT, una cultura preventiva es un elemento fundamental para mejorar los resultados en seguridad y salud a largo plazo. Para instaurar y mantener una cultura de prevención, el país debe hacer un especial esfuerzo en emplear todos los recursos e instrumentos disponibles para aumentar la sensibilización en trabajadores, empleadores y en la población en general, sobre los peligros y riesgos laborales y la forma de prevenirlos.

El desarrollo de una cultura preventiva no es un proceso a corto plazo, exige un esfuerzo constante y un trabajo conjunto de todos los actores sociales implicados: instituciones de gobierno, organizaciones de trabajadores y empleadores, organismos administradores, entre otros. No cabe duda que, aunque ya se han iniciado algunos procesos de modernización del sistema de seguridad laboral chileno, existen todavía numerosas cuestiones por resolver y mejorar para la consecución de los objetivos propuestos.

Según el Convenio Nº 187, ¿qué rol le compete al Estado, a los empleadores y a los trabajadores?
Al Estado le corresponde liderar la formulación, la puesta en práctica y la revisión periódica de una política y un programa nacional de seguridad y salud laboral, así como el fortalecimiento de los distintos componentes de su sistema nacional, a fin de poder implementar de manera efectiva esa política y este programa. No obstante, esto debe realizarse en consulta permanente con las organizaciones de empleadores y de trabajadores. La materia de seguridad y salud ha sido a menudo el punto de partida para entablar diálogos bipartitos más amplios, ya que tanto empleadores como trabajadores le otorgan una gran importancia.

Este diálogo deberá materializarse a nivel de estructuras consultivas nacionales, como al nivel de empresa a través de los comités paritarios, como mecanismos de gestión de la participación de trabajadores en las cuestiones relacionadas con la seguridad y salud laboral. Por último, el diálogo tripartito tradicional debe abrirse a otros actores relevantes, como pudieran ser los organismos administradores del seguro y los profesionales de la prevención de riesgos.

¿De qué modo se fiscaliza?
El control de los convenios ratificados por parte de la OIT se lleva a cabo a través de unos mecanismos consistentes en la emisión por parte de los Estados de unas memorias periódicas a la OIT, en las que se especifican las medidas que se han adoptado desde la fecha de ratificación del convenio.

Estos documentos son sometidos a la consideración del Comité de Expertos de la OIT para la aplicación de Convenios y Recomendaciones que puede formular las observaciones que estime oportunas. No se trata de un mecanismo de fiscalización, sino de un control y acompañamiento a los países para lograr una efectiva implementación de la normativa ratificada. El próximo año, Chile deberá presentar una primera memoria en lo referente al Convenio Nº 187.

¿Cuáles han sido los resultados de los países que han adoptado estas normas?
Los países adscritos han adoptado un enfoque estratégico basado en la formulación tripartita de políticas y programas nacionales en seguridad y salud ocupacional y en el fortalecimiento de los componentes de un sistema nacional de seguridad y salud.

En éstos, la legislación y la fiscalización son elementos importantes pero no decisivos para obtener resultados, por lo que deben acompañarse de otros, como mecanismos de apoyo para las empresas, sistemas de recopilación de datos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, instancias bipartitas de diálogo social a nivel de empresa, e instituciones de formación en esta materia. En muchos países, este enfoque más comprensivo ha permitido evaluar mejoras en las condiciones laborales de los trabajadores y una reducción en las cifras de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Claves del Convenio n° 187 de la OIT

  Política nacional: Conforme el artículo 4, C155, ésta debe ser desarrollada con representatividad de
 organizaciones pertinentes.
 

Sistema nacional: Se debe desarrollar una infraestructura legal e institucional para la aplicación de la política y
 los programas nacionales.
 

Programa nacional: Debe incluir objetivos, metas, plazos, prioridades, y medios de acción y evaluación.
 

Cultura nacional de prevención: Esta debe estar basada en el derecho a un medio ambiente de trabajo seguro y
 saludable, que se respeta a todos los niveles; en la que se participa activamente, con derechos, deberes y
 responsabilidades bien definidas, concediendo a la prevención la máxima prioridad.

Diciembre 2012
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Comentarios acerca de este artículo
ROBERTO ANTONIO ESQUIVEL (26/11/2015)

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