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Ricardo Cumsille, Gerente General de Caltex
“Necesitamos una normativa específica en vestimenta de seguridad”

Chile no cuenta actualmente con una normativa que aborde específicamente las prendas de vestuario técnico o ropas de trabajo. Si bien el ISP ha hecho algunas recomendaciones en este campo, en la práctica las decisiones por uno u otro producto responden muchas veces a criterios no técnicos. Al respecto, conversamos con Ricardo Cumsille, Gerente General de Caltex, laboratorio autorizado en la certificación de telas en el país.
Ricardo Cumsille.

¿Por qué es necesaria una normativa en este tema?
Es necesaria una normativa para que los fabricantes de prendas estén obligados a cumplir los requisitos respondiendo a un estándar de calidad, con lo que se pueda proteger de buena forma a los trabajadores. Al no existir, tampoco existe una herramienta con la que controlar, pues no hay obligatoriedad de fabricar respondiendo a ese estándar determinado.

¿Qué rol juega la certificación de vestimentas de seguridad?
Es fundamental, ya que la certificación realizada por laboratorios autorizados avala que la prenda cumpla con la norma respectiva, sea chilena o extranjera, para así darle seguridad al usuario de que estará protegido según las prestaciones indicadas por la prenda. En este sentido, cada vez más se exige que las prendas estén certificadas, sobre todo las que están en el Listado de EPP (Elementos de Protección Personal) que elabora el Instituto de Salud Pública de Chile.

Ud. trabajó junto al INN en una propuesta de normativa. ¿Qué pasó con esta iniciativa?
El 2012 estuvimos trabajando en la elaboración de normas chilenas para vestuario técnico, las que pretendían homologar criterios en la materia, para así hacer prevalecer la seguridad de los trabajadores que usan esas prendas. Hasta el día de hoy, estas normas se encuentran a la espera de ser oficializadas por el Ministerio y Subsecretaría de Salud, de acuerdo a lo que era el procedimiento hasta ese año (desconozco si dicho proceso ha cambiado en este tiempo). En cualquier caso, ese trabajo está realizado y dispuesto a ser analizado por las comisiones legislativas pertinentes, lo que esperamos esté considerado a corto plazo.

En cuanto a prendas de seguridad, ¿qué fallas han detectado?
Los vicios más recurrentes son que las empresas compran vestuario sin certificaciones, porque es más barato, pero arriesgando a su personal a sufrir accidentes o enfermedades. Detrás de esto, existe una economía mal entendida, ya que la duración de las prendas es mucho menor, teniendo que renovarse la inversión en corto tiempo, sin considerar además lo que puede significar un accidente laboral, que puede costar bastante más caro. No obstante, vemos que esta práctica está desapareciendo, tanto por la mayor fiscalización de las autoridades, como porque los propios trabajadores están exigiendo vestimentas certificadas.

En términos de mantenimiento, también hemos detectado algunos errores, como en el lavado y secado de las prendas, ya que si no se siguen las instrucciones del fabricante, éstas sufren serios deterioros, tales como encogimiento, desteñido, pérdidas de resistencia, etc.

¿Qué aconseja para una adecuada protección de estas vestimentas?
Que estas se ajusten y sean confeccionadas bajo especificaciones técnicas o normas existentes, elaboradas por organismos técnicos y siguiendo la normativa de seguridad (chilena o extranjera) que exige la autoridad. También siempre es recomendable atenerse a la rotulación de la prenda, siguiendo los cuidados indicados por el fabricante.


Norma EN-340 sobre requisitos generales para las prendas de protección

La EN-340 es una norma de referencia para ser utilizada con las normas específicas relativas o aplicables a la ropa de protección. Esa norma no puede aplicarse por sí sola para certificar o autocertificar ropa de protección, pues es preciso que vaya acompañada al menos de una norma específica de ropa de protección (como puede ser la EN 1149-1: Ropa de protección con propiedades electroestáticas). En lo particular, la EN 340 regula los requisitos generales de:

Inocuidad: La ropa de protección no debe afectar negativamente la salud del usuario. Se fabricará con materiales que hayan demostrado ser químicamente apropiados en las condiciones previsibles de uso normal.

Ergonomía: El diseño de la ropa de protección debe facilitar su correcta colocación y garantizar que permanecerá en su lugar durante el tiempo de empleo previsible, teniendo en cuenta los factores ambientales y los movimientos y posturas que el usuario pueda adoptar durante el curso de su trabajo.

Envejecimiento: La norma contiene un ensayo para determinar el cambio dimensional por lavado, cuando se realiza según lo especificado en él. Las modificaciones en las dimensiones del material para ropa de protección no deben superar el 3% tanto en longitud como en anchura, de incremento o disminución.

Tallas: Las dimensiones a controlar en la ropa de protección son la altura, el contorno de pecho o busto y la cintura. La designación de la talla de cada prenda comprenderá al menos dos dimensiones de control en centímetros: altura y contorno de pecho o busto, o bien altura y cintura.

Marcado general: Cada pieza de ropa de protección estará marcada individualmente. El marcado se realizará sobre el producto mismo o impreso en etiquetas adheridas a él, fijado para que sea visible y legible, y duradero durante el número de procesos de limpieza apropiados.

Información del fabricante: La ropa de protección debe llevar un folleto informativo con información escrita al menos en el idioma oficial del estado de destino, sin ambigüedad y con al menos la siguiente información: nombre y dirección completa del fabricante y/o su representante autorizado, designación del producto y número de la norma EN específica.
Abril 2015
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Comentarios acerca de este artículo
Juan Peña Báez ANGLOAMERICAN (22/04/2015)

En absoluto acuerdo con el Sr. Cumsille, debe redactarse una norma reglamentaria chilena que entregue lineamientos claros al respecto.
En nuestro caso, para trabajos de maniobras eléctricas en media y alta tensión, si existe normativa pero internacional, la NFPA 70B "NFPA 70E: Norma para la seguridad eléctrica en lugares de trabajo. Pero es una Norma y no reglamento explicitado en nuestras leyes. Por lo tanto, en este tema, ni siquiera debemos inventar la rueda, bastaría con referenciarla en algún reglamento

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