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SEGURIDAD LABORAL
La gran deuda de la reforma
Por Cristián Aguayo, Abogado laboral del Estudio Aguayo, Ecclefield y Martínez.
En el nuevo período legislativo, se iniciará la discusión de la Reforma Laboral, que hasta ahora solo incluye regulación sobre materias propias del derecho colectivo, particularmente sobre temas sindicales. Con ello, las iniciativas sobre seguridad laboral seguirán durmiendo en el Congreso.
Cristián Aguayo.

El actual Gobierno ha puesto como una de sus prioridades legislativas para este 2015 el proyecto de ley que moderniza las relaciones laborales, en el marco de una agenda amplia que, sin embargo, no aborda en ninguno de sus aspectos la seguridad laboral. La normativa vigente en esta materia data de 1968, haciendo urgente una actualización a las exigencias de los mercados y sus condiciones productivas. Por ello, hace tres años se comenzó a tramitar una nueva ley que busca modernizar las condiciones que rigen a trabajadores y empleadores en este ámbito.

Tuvo que ser el derrumbe de la mina San José, que mantuvo atrapados a 33 mineros en agosto de 2010, el que reabrió el debate sobre las condiciones de seguridad de los trabajadores chilenos y la falta de coordinación de los organismos del Estado encargados de la prevención y fiscalización de dichas normas.

Un ejemplo de la obsolescencia de la Ley 16.744 es la distinción discriminatoria entre empleados y obreros. A mediados del siglo XX, se creyó prudente diferenciar el tratamiento a unos y otros, sobre la base de una supuesta preeminencia del esfuerzo intelectual por sobre el físico. Así, aún hoy un empleado puede solicitar atención en los hospitales de las mutuales. Si fuera considerado obrero, no podría teóricamente acceder a dichos servicios.

Para poner fin a este tipo de discriminaciones, actualizar y sistematizar la dispersa actual normativa, en 2011 una Comisión de Seguridad Laboral -integrada por destacados expertos en el área, junto a representantes de los empleadores y los trabajadores- elaboró una serie de propuestas. Entre otras, la obligatoriedad de formar un Departamento de Prevención de Riesgos en las empresas según los grados de siniestralidad y riesgos de su actividad y no solo en virtud del número de trabajadores. También, la posibilidad de que las empresas externalizaran sus servicios de prevención de riesgos.

Hasta hoy no ha habido avance alguno en estas materias y, conociendo las dinámicas del Congreso y los énfasis que ha instaurado el Poder Ejecutivo, es poco probable que esta ley cambie próximamente. Si la vida es lo más importante, cuesta entender que una nueva legislación en materia de seguridad laboral no sea prioritaria, en lugar de mejoras sindicales que, además de tener una prioridad diversa, están muy lejos de contar con el consenso de los actores involucrados.

Hubiese sido mucho más provechoso para los trabajadores y las empresas avanzar en ambas dimensiones en paralelo, equilibrando el debate sindical y político con una mayor preocupación por la vida y salud de quienes a diario movilizan nuestra economía, reduciendo las cifras de accidentabilidad laboral, hoy cercanas al 5%. Es de esperar que no sea otro hecho grave como el que mantuvo a todo el mundo atento a la suerte de los “33 de Chile”, el que recuerde al Congreso y al Ministerio del Trabajo que necesitamos actualizar con urgencia una ley concebida en otro tiempo, con otro mercado, en el Chile de hace casi cincuenta años.


Los pendientes

Salvo la Ratificación del Convenio 187 OIT sobre Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo, no hay nada más en avances del Congreso. Dicho convenio considera, entre otros, la elaboración e implementación de una Política Nacional de seguridad y la creación de dos instancias de coordinación e implementación de políticas en la materia, como son el Consejo Consultivo y el Comité de Ministros para la Seguridad y Salud en el Trabajo.

En tanto, la Modernización de la Estructura Orgánica de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), quedó en tercer trámite constitucional el 2013. Desde esa fecha, no hay avances, en una iniciativa que buscaba fortalecer el rol de la Suseso y actualizar sus atribuciones, entre ellas por ejemplo, realizar estudios y campañas de prevención.

El Proyecto de Ley que introduce modificaciones al Estatuto Orgánico de las Mutualidades, duerme también desde julio 2013. Este buscaba establecer mayores responsabilidades en materia de Seguridad por parte de estos organismos y un perfeccionamiento del sistema de fiscalización.

La modificación a la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y las modificaciones al Código del Trabajo en materia de facultades fiscalizadoras para la Dirección del Trabajo, son también materia pendiente.

En general, resulta urgente la modernización y sistematización de la dispersa regulación de los temas de Seguridad tendientes a dar resguardo a la vida y salud de las personas, resultando muy sorprendente que se otorguen prioridades legislativas que tengan un objetivo que, pese a ser importante, están claramente por debajo de la medular importancia de establecer una normativa clara, moderna y eficiente en temas vinculados a la vida de los trabajadores.

Marzo 2015
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