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Riesgos laborales en la salud reproductiva de la mujer
Por Hernán Venturino Ponce, Médico Salud Ocupacional, Gerencia Zonal Metropolitana, IST.

Es prudente analizar los riesgos laborales que pueden afectar la salud reproductiva de una trabajadora embarazada, dado que, en el medio laboral, existen agentes capaces de provocar esterilidad, infertilidad, aborto espontáneo, parto prematuro y bajo peso del recién nacido.

Los efectos de un agente laboral en la salud reproductiva de la mujer se conocen desde hace tiempo. Cien años atrás, se descubrió que el plomo induce abortos espontáneos, y que es responsable también de provocar muerte fetal en el útero y el consiguiente nacimiento de mortinatos.

En la industria de la cerámica, donde se usaba plomo como pigmento, se observaron casos de infertilidad en las trabajadoras, vale decir la mujer embarazada no lograba retener el embrión y lo expulsaba a los pocos días de la concepción. Durante los años 40 del siglo recién pasado, la rubéola fue reconocida como causa de malformaciones congénitas en las trabajadoras de la atención en salud.

Un agente existente en el ambiente laboral puede causar uno o más efectos, según el momento en el cual la mujer sea expuesta a tal riesgo. La exposición a sustancias peligrosas durante los tres primeros meses puede causar un aborto espontáneo o una malformación congénita en el feto. Durante los últimos seis meses, la exposición a dichas sustancias puede provocar disminución del crecimiento fetal, afectar el desarrollo de su sistema nervioso o provocar un parto prematuro.


Factores de riesgo

Los agentes del ambiente laboral que entrañan posibilidades de daño en la salud reproductiva de la mujer pueden ser de origen químico, físico, biológico y psicosocial (entre estos últimos se incluyen los ergonómicos).

Los agentes químicos de uso en los ambientes laborales ya sobrepasan los 100.000 y de cada uno de ellos, se estudia con gran acuciosidad los eventuales efectos cancerígenos, mutágenos (alteraciones del código genético celular) y teratogénicos (alteraciones de los tejidos de un embrión o feto) que puedan provocar en las personas expuestas.

Es recomendable que una mujer embarazada no se exponga laboralmente a plomo, mercurio, arsénico, plaguicidas, solventes orgánicos, gases asfixiantes (monóxido de carbono, cianuros, hidrógeno sulfurado), medicamentos citotóxicos (como algunas drogas para el tratamiento del cáncer - methotrexate), entre otros. En general, dados los eventuales efectos mutagénicos y teratogénicos que pueden producir estos agentes, lo ideal es que una trabajadora embarazada no se exponga a ellos, como tampoco lo haga a los componentes del humo tabáquico y el alcohol etílico.

Entre los agentes físicos que una embarazada debe evitar como prevención de alteraciones que puedan afectar al feto, destacan las radiaciones ionizantes, las microondas, los campos electromagnéticos, el frío o el calor extremos, la hipobaria intermitente crónica y las vibraciones.

Asimismo, entre los agentes biológicos son reconocidamente peligrosos los virus de la rubéola, varicela, hepatitis B, VIH, parvovirus humano B19, citomegalovirus y el toxoplasma. Las trabajadoras embarazadas sin inmunidad previa deben evitar la exposición a estos agentes a como dé lugar, en tanto aquellas que adquirieron inmunidad (sea por vacunas o por haber hecho la enfermedad anteriormente), tienen un riesgo menor.

Las actividades realizadas de pie o en posición sentada permanentemente, posturas forzadas asociadas a la actividad de la trabajadora, manejo manual de cargas, trabajo físico extenuante, desplazamientos y/o movimientos frecuentes, trabajos en turnos nocturnos predominantemente, trabajos aislados, trabajos que requieren mucha concentración y toma de decisiones rápidas, son agentes psicosociales recomendables de ser evitados por una trabajadora embarazada.

Los riesgos a los que se expone una trabajadora deben ser abordados sistemáticamente, lo que significará muchas veces cambiar las labores que realiza, o bien, considerar el reordenamiento de las instalaciones que entregue protección ante los riesgos antes mencionados y permitan operar de acuerdo a la morfología de la trabajadora.

Diciembre 2013
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