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La importancia de los monitores en prevención de riesgos
Por Oscar Zavala, experto sectorial Asociación Chilena de Seguridad (ACHS).

La participación de los trabajadores en la gestión de los riesgos del trabajo es una condición necesaria en la implementación de sistemas o programas preventivos que sean exitosos para controlar la generación de accidentes y enfermedades profesionales, así como para aumentar los niveles de cultura preventiva en las organizaciones.

La formación de monitores en prevención de riesgos se ha convertido en una adecuada instancia para generar un referente en materias de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), que lidere la gestión de la prevención y que sirva como puente entre los trabajadores, empleadores y organismos administradores.

La figura del monitor en prevención de riesgos está consignada, por ejemplo, en el Reglamento de Seguridad Minera, en donde se entrega facultades al Sernageomin para certificar su formación. El monitor en seguridad minera es aquel trabajador que, acreditando a lo menos cinco años de experiencia en faenas propias de ese rubro, haya aprobado el curso de 40 horas de clases dictado por el Centro de Capacitación del Sernageomin, y en base a ello obtenido dicha calidad por una resolución del servicio. Dicho curso incluye materias tales como: Operaciones Mineras, Administración de Riesgo, Legislación, Higiene Industrial, Liderazgo y Planes de Emergencia en Faenas Mineras, entre otros.

La formación de monitores de prevención en otros rubros es fomentada por la Superintendencia de Seguridad Social, solicitando a los organismos administradores que se apliquen de forma masiva.


Ventajas para todos


Contar con monitores de seguridad en el trabajo redunda en un aumento del nivel de cultura preventiva. Cabe destacar que el proceso de evolución de la cultura preventiva posee cuatro etapas: el cumplimiento pasivo, en el cual se deben asegurar las condiciones ambientales básicas del lugar de trabajo; la formación básica de SST y el establecimiento de procedimientos seguros de trabajo; el cumplimiento activo, en el que se requiere promover la implicación de los trabajadores en el cumplimiento de las normas, incentivando la toma de responsabilidades; y el cumplimiento comportamental, que implica empoderar a los trabajadores para identificar riesgos y proponer conductas seguras.

Los monitores en prevención de riesgos pueden ser actores relevantes en las cuatro etapas antes descritas, ya que su función se vincula directa y especialmente en las etapas de cumplimiento activo y comportamental.

También se logra una prevención más efectiva, pues la comunicación entre pares se establece de forma más fluida y eficiente, ya que se manejan vivencias similares y un contexto de comunicación habitual. Con esto, es mucho más probable que se adopten de forma más rápida los conceptos, normas y objetivos vinculados a la prevención de riesgos en el lugar de trabajo.

Asimismo, se establece un referente en prevención al interior de la empresa. Si bien esto no desliga de responsabilidades al empleador respecto de la seguridad de los trabajadores, el monitor se transforma en un elemento práctico para establecer las relaciones con las mutuales, organismos fiscalizadores y mandantes, cuando la empresa forma parte de la cadena productiva de una compañía mayor.


Modificaciones legales

Debido a la inexistencia de comités paritarios en un número importante de empresas, la autoridad recomendó el establecimiento de un programa de monitores para las Pymes y para el sector industrial, sugerencia que está contenida en el Informe Final de Comisión Asesora Presidencial para la Seguridad en el Trabajo.

Por otra parte, actualmente se tramita en la Cámara de Diputados el proyecto de ley que modifica la Ley 16.744. La iniciativa legal hace mención especial a que el empleador de empresas pequeñas requiere de asesoría especializada para que cumpla con las funciones que debería realizar el comité paritario. La propuesta define que en todas las empresas en que habitualmente laboren entre 10 y 25 trabajadores, un gerente, administrador o un trabajador con conocimientos o formación profesional o técnica deberá asumir las funciones que la ley asigna al Comité Paritario de Higiene y Seguridad. De concretarse, esta propuesta de modificación legal implicaría repensar la figura del monitor en prevención de riesgos, probablemente proponiendo una formación de mayor profundidad y con las herramientas específicas para gestionar los riesgos del sector económico en que se desempeñe.

Julio 2013
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Comentarios acerca de este artículo
GUILLERMO GRUPORY (28/03/2018)

quisiera saber si ya fue aprobado este proyecto o en que proceso se encuentra.
saludos cordiales

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