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SUSTANCIAS PELIGROSAS
Los puntos esenciales a tener en
cuenta en su Manejo, Almacenamiento y Transporte

La gestión de las sustancias peligrosas es un tema que importa a nivel transversal y no deja a nadie indiferente. En Chile, la tendencia de cuidar el bienestar y la salud del ser humano se ha convertido en una preocupación que cobra cada vez más importancia, y conceptos como evaluación de riesgos y planes para enfrentar emergencias por sustancias peligrosas están entrando paulatinamente al mundo de las empresas.
Alan Agüero, Docente de Prevención de Riesgos Duoc UC Sede San Joaquín.
Julio Cortés, Jefe Medio Ambiente Mutual de Seguridad CChC.

La normativa chilena es una de las más competentes en Latinoamérica en materia de seguridad de trabajadores, comunidad y medioambiente, ya que adopta gran parte de los estándares de seguridad establecidos por la NFPA (National Fire Protection Association) y algunas otras normas europeas. De hecho, el país cuenta con más de 50 cuerpos legales de distinta jerarquía, establecidos para el Manejo, Almacenamiento y Transporte de los materiales peligrosos.

“Las debilidades asociadas a nuestra legislación corresponden a la precaria y deficiente fiscalización del cumplimiento de la normativa, así como a la escasa entrega de información oficial por parte de los organismos competentes”, señala Alan Agüero, Docente de Prevención de Riesgos Duoc UC Sede San Joaquín.

A su juicio, la redacción de la normativa, publicación y puesta en vigencia, debería ser acompañada de un proceso de formación en el cual se eliminen los espacios para interpretaciones. “De esta forma, se podría promover la autorregulación compensando la falta de fiscalización”, añade.

En opinión de Julio Cortés, Jefe Medio Ambiente Mutual de Seguridad CChC, definir una tabla de compatibilidades básica era un elemento fundamental y requerido, toda vez que un amplio espectro de Pymes maneja sustancias peligrosas y en un importante número de casos en condiciones bajo el estándar exigido, incluso en desconocimiento de que están usando este tipo de sustancias. “Cuando consideramos a la comunidad y el medioambiente, la normativa derivada de la Ley 19.300 considera las Sustancias Peligrosas (Suspel) dentro de las actividades que pueden ser sometidas a evaluación de impacto ambiental, lo que dependerá de las cantidades que se almacenen, transporten y/o manipulen en una instalación o actividad”, precisa. Respecto a los aspectos a incorporar en la regulación vigente sobre manejo de sustancias peligrosas.

Cortés señala que resulta necesario que la normativa de transporte sea revisada en función del incremento en la magnitud de la carga peligrosa, así como por el aumento del número de sustancias peligrosas que se utilizan en Chile, considerando niveles de peligrosidad de las sustancias transportadas. “También, por similares razones, es importante que se revise el DS 594/99 del Minsal considerando la exposición a residuos peligrosos en el análisis”, agrega.

Nuestra legislación, agrega Agüero, debería incluir la definición de los procesos de autorización por parte de los organismos competentes para complementar y mejorar su funcionamiento: Seremi de salud, por ejemplo. “En el DS 43 debería estar definido no solo los requisitos que debe cumplir una bodega de materiales peligrosos, sino también el procedimiento de autorización. Esto estandarizaría las actividades y cumplimientos dentro de las empresas productoras y usuarias, permitiría a los empleadores planificar de mejor manera la puesta en marcha de sus negocios y aportaría a la fiscalización de la aplicación de la normativa legal vigente”.


Preocupación corporativa

¿Existe conciencia de lo que significa trabajar con este tipo de sustancias entre empresas productoras y usuarias? Cortés sostiene que resulta natural esperar un bagaje de conocimiento fundamental en los productores, los que deberán traducir en hojas de datos de seguridad actualizadas (NCH 2345/15 del INN), tal como lo exige el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. El etiquetado también es una situación que deben abordar los fabricantes y los importadores, para lo cual deben considerar que existen Suspel en artículos de uso doméstico, como desinfectantes y aerosoles.

“Los usuarios deben exigir el cumplimiento normativo a los proveedores, en especial las hojas de datos de seguridad actualizadas y disposición de los residuos de estas Suspel. La confluencia de ambos actores permitirá incrementar el nivel de conciencia en el trabajo con sustancias peligrosas”, explica.

Por su parte, Agüero señala que no se puede negar que la accidentabilidad del sector químico en nuestro país es una de las más controladas (junto a la minería). Esto se debe a la preparación y nivel de especialización del personal que se desempeña en este sector, ya que ellos comprenden que al trabajar con un Plan de Manejo de Sustancias y Residuos Peligrosos (Matpel) su nivel de riesgo es considerablemente mayor que el de otros rubros.

“Las firmas del sector cuentan con alianzas interempresas que han conformado organizaciones que ayudan y permiten al rubro estandarizar y mejorar sus procesos productivos desde el punto de vista de la seguridad”.

A su vez, existen empresas que utilizan, fabrican o importan estas sustancias y que, conscientes de su naturaleza, implementaron planes de emergencia que consideran los aspectos ambientales e impacto a la comunidad. “Sin embargo cuando comenzamos a incorporar a las microempresas y las Pymes en el análisis, se diluye la cadena de responsabilidad y en reiteradas ocasiones encontramos que a nivel operativo hay un total desconocimiento de estar empleando una Suspel”, afirma Cortés.

Considerando algunas de las pequeñas debilidades de la legislación nacional, señala Agüero, es importante considerar que cuando hablamos de plan de emergencias nos encontramos con las obligaciones existentes en el DS 594, NCH 436 y en el DS 43 Titulo XIII, que consideran un plan específico para materiales peligrosos. El DS 43 recomienda que el plan de emergencias para Suspel sea integrado en el plan de emergencias general de la empresa y que este debe ser coordinado con los bomberos del sector, lo cual obliga a tener a lo menos una comunicación específica en caso de emergencias, integrando así al sistema nacional de Protección Civil”.


Integración de servicios

Para Cortés es muy importante la cooperación entre los distintos estamentos productivos, académicos y regulatorios que permitan, razonablemente, entregar una certeza técnica de trabajo seguro con Suspel. “El Plan Nacional de Seguridad Química pretende dar coherencia a las acciones de los diferentes actores a nivel país que están involucrados en el manejo, almacenamiento, transporte y disposición final de sustancias peligrosas, trabajo que actualmente coordina el Ministerio del Medio Ambiente”.

Agüero agrega que la integración de los servicios de protección civil a las emergencias es una deuda pendiente, ya que la legislación solo habla de coordinación, pero no fija acciones reales prácticas tales como, simulacros con presencia de bomberos, ambulancia, carabineros.

“El problema fundamental es la delimitación de responsabilidades, ya que hoy para las industrias es muy cómodo contar con un servicio de control de emergencias profesional gratuito que se hará cargo al 100% de la emergencia”, señala. “Es por esto que se debe recomendar a los expertos de industrias químicas que contemplen dentro de su programa de prevención de riesgos una interacción constante con los servicios del ABC de la emergencia”, concluye Agüero.


Exigencias normativas

El DS 594/99 del Minsal define claramente las condiciones de exposición y manejo de sustancias peligrosas.

El DS 43/16 del Minsal se aboca con similar rigurosidad al proceso de almacenamiento de Suspel.

El DS 298/94 del Mintratel establece las condiciones de transporte por calles y caminos de Chile.

El DS 594/99 establece, entre otros, los límites permisibles para una amplia variedad de sustancias químicas.

El DS 43/16 del Minsal define las condiciones de almacenamiento en función de la peligrosidad, cantidades, compatibilidades, tipo de envases, que antes no establecía la normativa.
Junio 2017
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