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Riesgos del almacenamiento de sustancias peligrosas
Por Alexander Czischke Ljubetic, Ingeniero Civil Industrial P. Universidad Católica de Chile. aczischk@uc.cl
El manejo de sustancias peligrosas a lo largo de la cadena de suministros considera el cumplimento de normativas específicas, entre las que destacan el DS/43 (para el almacenaje) y el DS/298 (que regula el transporte de carga en carreteras).
Alexander Czischke Ljubetic.

Considerando que las sustancias peligrosas se encuentran presentes en diversas industrias y que la normativa ha tenidos cambios significativos en el último tiempo, es importante tener presente las exigencias, plazos y alternativas que tienen las compañías para su cumplimiento.


Almacenamiento de Sustancias Peligrosas

En el caso del almacenaje de sustancias peligrosas, el DS/43 entró en vigencia en septiembre pasado y considera mayores exigencias para el almacenaje de sustancias envasadas y a granel, operaciones de carga y descarga, almacenaje de contenedores e isotanques, almacenaje en locales comerciales, y etiquetados de la carga, entre otros aspectos.

El DS/43 define las normas para el almacenaje de sustancias para los productos clase 2 (gases, comprimidos, inocuos, tóxicos e inflamables), clase 3 (líquidos inflamables), clase 4 (sólidos inflamables), clase 5 (peróxidos y comburentes), clase 6 (tóxicos), clase 8 (corrosivos) y clase 9 (productos misceláneos), quedando excluidos los siguientes casos:

Sustancias explosivas (clase 1).

Sustancias radiactivas (clase 7).

Sustancias infecciosas (clase 6.2).

Combustibles líquidos y gaseosos.

Almacenamiento en recintos portuarios.

Sólidos a granel almacenados en faenas mineras.

Bebidas alcohólicas.

Almacenamiento de sustancias peligrosas envasadas en zonas de producción.

La normativa define las condiciones que se deben cumplir para el almacenaje de sustancias peligrosas, de acuerdo a las cantidades a almacenar, clase de riesgo de los productos, tipo de empaque (envasado o granel), e instalaciones donde se almacenarán los productos (bodega común, bodega exclusiva, locales comerciales).

En términos generales, las bodegas para sustancias peligrosas deben cumplir, entre otras, con las siguientes especificaciones:

Deben ser cerradas en su perímetro con muros cortafuego (RF según clase de producto) y resistentes a la acción del agua.

Cumplir con las distancias al muro medianero o deslinde establecidas.

El techo debe ser de estructura liviana.

El piso debe ser sólido, liso, lavable, impermeable y no poroso.

Disponer de puertas de escape con direcciones distintas.

Contar con sistema de ventilación natural o forzada de acuerdo a las clases de productos que se almacenen.

Poseer un sistema automático de detección y extinción de incendios.

En el caso de bodegas que almacenen más de 500 toneladas de sustancias peligrosas, el recinto deberá contar con una red húmeda externa con reserva de agua propia y exclusiva que asegure una autonomía de al menos 60 minutos.

En el caso de almacenar líquidos, las bodegas deben contar con un sistema de control de derrames.

Cumplir con restricciones de cantidades máximas a almacenar y restricciones de incompatibilidad según clases de producto.

Las bodegas deben tener pictogramas externos e internos que identifiquen las clases de productos que se almacenarán.

Disponer de duchas y lava ojos de emergencia.

Disponer de un plan de emergencia.

En el caso del almacenaje de contenedores o isotanques, se debe tener en cuenta que solo se encuentran autorizadas las zonas extraportuarias que cumplan con las exigencias.


Principales desafíos

La nueva normativa eleva en forma considerable los estándares para el almacenaje de sustancias peligrosas, lo que sin duda es un avance importante y su cumplimiento representa un desafío para los actores involucrados.

Dicho esto, el foco debe centrarse en el cumplimiento de esta legislación, lo que implica que las empresas tomen conciencia de los nuevos estándares y adecúen su infraestructura y operación en este sentido. También es necesario que la autoridad fortalezca su rol de fiscalización y agilice la tramitación de los proyectos y el otorgamiento de los permisos requeridos.

Como próximos pasos, es importante avanzar en la incorporación de sectores como puertos y faenas mineras. Además, se encuentra pendiente alinear las normativas de almacenamiento y transporte de sustancias peligrosas, ya que actualmente se consideran estándares diferentes, generándose vacíos legales al no tener una visión integral de la cadena de suministros.


Evaluación de alternativas

Para cumplir con la normativa, las compañías deben evaluar diversas alternativas y considerar aspectos como los siguientes:

Inversión: El costo de construcción de una bodega para sustancias peligrosas es sustancialmente mayor que el de una bodega para carga general.

Plazos: Los tiempos involucrados para habilitar una bodega de sustancias peligrosas son extensos (DIA, construcción, aprobaciones, etc.).

Expertise: Se requiere contar con el conocimiento para el desarrollo de este tipo de proyectos.

Capacidad y tipo de bodegas: Dadas las restricciones de capacidad e incompatibilidad de productos, la solución puede implicar la construcción de distintas bodegas, con sobrecapacidad y costos fijos elevados.

Teniendo en cuenta estos factores, se pueden considerar como opciones la construcción de bodegas propias, la tercerización de los servicios con operadores logísticos especializados en sustancias peligrosas, o bien el arriendo de bodegas que cumplan con la normativa.

Junio 2017
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