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Avances del Plan Nacional de Erradicación de la Silicosis

La silicosis fue una de las primeras enfermedades profesionales descritas en la historia y todavía sigue afectando la salud de los trabajadores y de sus familias. En Chile, las medidas gubernamentales son positivas, aunque también queda mucho por hacer.

En nuestro país, la importancia de la silicosis viene destacándose desde la primera mitad del siglo XX, cuando se establecieron programas de vigilancia en las minas, como por ejemplo, los conocidos camiones que tomaban radiografías tipo Abreu (radiografías rápidas a los pulmones) a sus trabajadores. Posteriormente, en la década de los '90, este examen se reemplazó definitivamente por una radiografía de tórax con técnica de neumoconiosis. Sin embargo, no había una estimación conocida de la cantidad de lugares de trabajo con exposición a sílice a lo largo del país.

Entre 2004 y 2005, un estudio del Instituto de Salud Pública (ISP) concluyó que en el 35% de los 31 rubros evaluados en todo el país, se superaba el límite de exposición a esta sustancia establecido en la legislación chilena y estimaba que aproximadamente el 5,4% de la fuerza de trabajo ocupada, formal e informal, tenía alta probabilidad de exposición a sílice; por lo tanto, de no controlarse esta situación, seguirían apareciendo casos de silicosis.

En 1995, la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Mundial del Trabajo (OIT) ya habían establecido el Programa Global de Erradicación de la Silicosis al año 2030. En este marco, en nuestro país se inició en 2006 el desarrollo del Plan Nacional de Erradicación de la Silicosis (PLANESI), “con el objetivo de contribuir a terminar con esta enfermedad laboral en nuestro país, la cual afecta de manera directa no solo la salud y calidad de vida de quien la sufre, sino que además, a su familia, situación económica y la productividad del país” (PLANESI – 2009). Lanzado el 6 de agosto de 2009 en Antofagasta, este plan fue ratificado por todos los actores involucrados, conformándose luego la Mesa Nacional Tripartita que coordina hasta hoy las Mesas Regionales para cumplir los planes de acción bianuales establecidos en el Plan.

Los principios que rigen el Plan incluyen: cumplimiento de la legislación nacional vigente; enfoque de equidad; enfoque integral y preventivo; aplicación de criterios epidemiológicos para focalizar las acciones; multisectorialidad; enfoque transdisciplinario y de trabajo en equipo; co-responsabilidad (tripartismo); derecho de la población trabajadora al acceso a prestaciones de salud ocupacional; derecho de los trabajadores a recibir información sobre los riesgos a los que están expuestos y sobre su situación de salud y la forma correcta de desarrollar su labor; derecho a la participación activa de todos los actores sociales; fortalecimiento de los sistemas de información sobre la salud de los trabajadores, y enfoque de Sistemas de Gestión de Riesgos, promoviendo experiencias exitosas.


Visión nacional

La visión establecida por Chile fue la de un país en donde la exposición a sílice será controlada en todos los lugares de trabajo, convirtiéndose en el más breve plazo posible en un territorio sin nuevos casos de trabajadores con silicosis, para lo que se establecieron cinco objetivos estratégicos:

Disminuir la incidencia y prevalencia de silicosis.

Mejorar el diagnóstico oportuno y el control de los trabajadores con silicosis y su acceso a prestaciones pecuniarias.

Fortalecer el Sistema de Información de Silicosis y de Exposición a Sílice.

Desarrollar un Sistema de Vigilancia de Silicosis.

Implementar, desarrollar y evaluar el Plan a través de mecanismos tripartitos que fortalezcan la participación de los trabajadores y el trabajo intersectorial.

El trabajo se priorizó en ocupaciones con exposición a altas concentraciones de sílice (arenadores y operadores de chancadoras de cuarzo); en grupos de trabajadores vulnerables (pirquineros y Pymes); y en sectores económicos con mayor número de expuestos (construcción y minería).

En 2015, a seis años del lanzamiento del PLANESI, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) requirió de todos los Organismos Administradores de la Ley 16.744 (OAL) información sobre sus avances. Estos datos fueron revisados y corregidos por parte de SUSESO y de cada OAL, y presentados en un seminario en 2016. Los resultados mostraron que de 35.021 empresas con posible presencia de sílice adheridas a los OAL, 7.444 (21%) habían sido evaluadas. De estas, 2.804, 38%, tenían presencia de sílice, a saber, en el 86% de 455 minas y canteras evaluadas; el 63% de 1.332 de empresas del rubro comercio; el 29% de 1.561 del rubro manufactureras y el 27% de 4.096 del rubro construcción. Según tamaño, el 25% de las pequeñas empresas, el 49,6% de las medianas y el 65% de las grandes empresas evaluadas tenían presencia de sílice. Es importante destacar que aún existen centros de trabajado evaluados con nivel de riesgo 4, vale decir, que superan el LPP establecido en la legislación, estando, por tanto, sus trabajadores con altos grados de exposición a este agente inductor de enfermedad pulmonar. De 2.804 empresas con presencia de sílice, hay 2.132, 79%, en vigilancia, con 73.337 trabajadores siendo evaluados médicamente en forma periódica, con radiografía de tórax con técnica de neumoconiosis. En la medida que estos trabajadores vayan siendo examinados, será posible evaluar el impacto de las medidas de control de la exposición a sílice en los lugares de trabajo.

El PLANESI ha sido una importante contribución a la prevención de la silicosis en nuestro país y ha requerido un importante esfuerzo de los coordinadores y participantes de las Mesas Tripartitas Nacional y Regionales; no obstante, hay aún un gran trabajo por hacer para que todos los lugares de trabajo con presencia de sílice sean evaluados por los OAL, todos los trabajadores expuestos sean vigilados y se implementen las medidas de control necesarias para evitar nuevos casos. También es necesario contar con información fidedigna sobre todos los casos de silicosis en el país, de modo de que todos los trabajadores afectados tengan acceso a los beneficios que la Ley 16.744 les otorga.


Artículo gentileza de Dra. Verónica Herrera, Dra. Marta Cabrera y Dr. Ignacio Méndez, de la Sociedad Chilena de Medicina del Trabajo (Sochmet).
Marzo 2017
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