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22/09/2022

CGE reúne a 147 municipios para explicar la Ley de subsidio para servicios básicos

La empresa de distribución eléctrica CGE, que presta servicio entre las regiones de Arica y Parinacota y La Araucanía, se reunió con los representantes de 147 municipios en su zona de concesión para dar a conocer los alcances y detalles de la implementación de la Ley de Subsidio y Prorrateo de deudas por Servicios Básicos generadas durante la pandemia de Covid-19 (Ley N° 21.423). Dicha legislación establece subsidios en las cuentas eléctricas de clientes vulnerables.

La compañía realizó una serie de talleres y reuniones telemáticas y presenciales con 12 alcaldes y casi 300 funcionarios municipales, entre ellos directores de Desarrollo Comunitario y otros, a lo largo del país para informar de este beneficio, que se aplicará automáticamente a más de 429 mil clientes de CGE, con la finalidad de explicar detalles técnicos de la iniciativa y resolver dudas y consultas sobre su aplicación.

CGE recordó a los clientes que la Ley N° 21.423 establece que los beneficios otorgados cesarán cuando no se efectúe el pago oportuno de la boleta de consumo eléctrico. Por lo tanto, es indispensable estar al día con la cuenta de la luz para no perder el subsidio.

En las reuniones también se recalcó que los beneficiarios no deben postular, ya que el proceso de inscripción se realizó de forma automática, y que a partir del mes de agosto, los clientes que son parte de este beneficio han podido visualizar en su boleta la aplicación de la Ley.

De acuerdo con lo establecido por la autoridad, la nueva Ley tiene por objetivo que las familias vulnerables puedan enfrentar sus deudas eléctricas generadas entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, considerado el período más difícil de la pandemia por Covid-19.

Son beneficiarios de la Ley N° 21.423 los clientes que mantengan deudas generadas en pandemia que durante 2021 hayan tenido un consumo promedio no superior a los 250 kWh al mes y que se encuentren dentro de las categorías definidas en el artículo 1° de la Ley de Servicios Básicos (Ley N° 21.249). Estos son, clientes residenciales, hogares de menores y de adultos mayores, organizaciones sin fines de lucro y microempresas, por lo que recibirán automáticamente sus beneficios.

Para dudas o consultas, los clientes pueden dirigirse a las oficinas comerciales de CGE o ingresar a la página web: www.cge.cl

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