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Un nuevo paso dio en el Congreso la denominada “Ley Corta de Distribución” que, así como espera el Gobierno, busca introducir modificaciones sustanciales a la normativa que rige a la industria que distribuye la energía eléctrica. Este avance en la tramitación se logró gracias a la aprobación unánime en la sala del Senado.
El ministro de Energía, Juan Carlos Jobet, agradeció el apoyo de la cámara alta ya que, tratándose de un servicio básico tan sensible, su aprobación impactará positivamente en el próximo proceso tarifario. “Este es un proyecto que beneficia a casi siete millones de familias chilenas. Nuestro objetivo como ministerio de Energía es que las familias reciban un buen servicio al precio justo. Agradecemos que el proyecto haya sido aprobado de manera unánime por el Senado. Es una señal de que vamos en la dirección correcta”, declaró el secretario de Estado.
La Ley Corta de Distribución pone un techo inferior a la rentabilidad de las empresas distribuidoras de electricidad. Si antes el límite estaba en un 10% antes de impuestos, una vez que la ley entre en vigencia se ubicará en una banda que va entre 6% y 8% después de impuestos. Asimismo, el proceso de fijación de tarifas será más transparente a ojos de los consumidores de este servicio regulado, toda vez que simplificará el sistema de estudios que se utiliza para definirlas.
Otra exigencia es que las distribuidoras deberán adoptar un giro único, de tal manera que tengan que informar a la autoridad sus costos del negocio de distribución (propios de su condición de empresa monopólica) y los de servicios asociados, que son aquellos que están desvinculados con la distribución.
Otro efecto que espera generar esta iniciativa es efectuar un mejor reconocimiento de las realidades locales de las cooperativas eléctricas, empresas de distribución de menor tamaño que se asocian normalmente a mayor ruralidad, zonas aisladas y menores consumos.
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