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Certificación de
Interruptores Diferenciales

A partir de Diciembre del 2004, con la entrada en vigencia de la norma NCH Elec. 4/2003, y con el fin de asegurar la vida de las personas, se exige la instalación de interruptores diferenciales en viviendas nuevas y recintos de uso público, como oficinas y establecimientos educacionales, entre otros.

Es precisamente en los capítulos 9 y 11 donde se menciona la exigencia de los interruptores diferenciales, y a continuación se presentan algunos de los insertos de la norma relativos al mencionado protector:

En el capítulo 9 se indica que los interruptores diferenciales que sean instalados en zonas de uso doméstico o similar, deberán interrumpir el suministro eléctrico al circuito protegido, aún en ausencia del conductor de neutro, exigencia que es cumplida por interruptores diferenciales que cuentan con un circuito magnético.

Es en el capítulo 11 donde se indica que todo circuito de viviendas, locales comerciales y establecimientos educacionales que contenga enchufes deberá estar protegido mediante un protector diferencial; además se indica la exigencia del interruptor diferencial para proteger los artefactos eléctricos presentes en una sala de baño. También se precisa que los baños públicos y similares se clasifiquen como recintos mojados, y ante tal disposición los circuitos eléctricos que se encuentren dentro de éstos deben ser protegidos mediante protectores diferenciales de una sensibilidad no menor de 10 mA, mientras que en el caso de los recintos húmedos, el protector diferencial podrá tener una sensibilidad máxima de 30 mA (las definiciones de recintos húmedos y mojados se encuentran en los puntos 4.1.28.4 y 4.1.28.5 de la norma NCH Elec. 4/2003).

Pero, todas estas exigencias sólo eran una declaración de buenas intenciones, ante la inexistencia de una certificación de producto para los interruptores diferenciales, certificación que es una realidad desde el mes de Mayo del presente año, cuando entró en vigencia la Resolución Exenta N°77, donde se establece que los interruptores diferenciales deben contar con un certificado de aprobación para ser comercializados en el país, el cual debe ser otorgado por un organismo autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Los protocolos de ensayo se apoyan en la norma IEC 61008, y considera protocolos de certificación para productos eléctricos con control de fabricación, certificación de productos por lote, certificación de productos de tipo y certificación de productos con sello o certificado de conformidad reconocido.

Por Gonzalo Lazcano, Product Manager de Legrand. Mayor información solicitar al fono 5505217 o al e-mail comerciallg@legrand.cl
Agosto 2006
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Comentarios acerca de este artículo
leonardo Contreras Zuñiga lecoz ingenieria (20/09/2006)
Creo que fue algo que promicione en san carlos ñuble debido a que mucha gente se electrocutava por equipso viejos y sobre todo las duchas electricas
Lo malo que a chile entro mucho diferencial chino , no de tan buena calidad
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