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Fundamentos de la “Ley de Ductos”

En julio de 2018 entró en vigencia la Ley 20.808 que otorga a los usuarios la posibilidad de elegir la empresa de cable, internet y telefonía de su preferencia. Esta legislación incluyó el Reglamento y la Norma Técnica necesarios para que tanto los proyectos nuevos como los ya existentes, puedan cumplir con los requerimientos legales.

Antes de la entrada en vigencia del reglamento de la Ley 20.808 de libre elección en telecomunicaciones (mejor conocida como la “Ley de Ductos”), las inmobiliarias firmaban contratos de exclusividad con un solo operador de servicios de telecomunicaciones, permitiéndoles ser el único proveedor. Estos acuerdos impedían a los usuarios escoger libremente al proveedor de servicios que más se acomodaban a sus necesidades.

En cambio, esta ley pone fin a estos acuerdos de exclusividad definitivamente y regula los estándares técnicos que deberán cumplir en su diseño y construcción las instalaciones de comunicaciones en los proyectos inmobiliarios, asegurando así la libre elección de los usuarios.

Los objetivos de la Ley de Ductos 20.808 son los siguientes:

Promover la disposición de que diversos operadores puedan ofrecer sus servicios.

Que no exista negociación entre constructoras y operadoras.

Exista libre elección de servicios de cable, telefonía e internet, entre otros.

Tiene por objeto garantizar la referida libre elección en el caso de edificios existentes.


Alcances
Algunos de los materiales electrotécnicos requeridos por la Ley de Ductos en las instalaciones de telecomunicaciones para edificios en altura.

En el caso de los nuevos edificios, condominios y loteos, el reglamento establece que estas construcciones deberán tener incorporada una Red Interna de Telecomunicaciones (RIT), que permita soportar distintas tecnologías y varios operadores de servicios.

Los nuevos proyectos inmobiliarios deberán inscribirse en el registro de proyectos inmobiliarios (RPI) en el sitio https://tramites.subtel.gob.cl/ RPI/inicio, con la finalidad de permitir a los proveedores de servicios de telecomunicaciones conocer previamente sus antecedentes y sus características.

En el caso de los edificios existentes, el reglamento establece que las cámaras de acceso a los edificios o condominios son compartidas entre los operadores para permitir el libre acceso. Las compañías no pueden prohibir la entrada de un nuevo operador, salvo que argumenten problemas de carácter técnico, lo que debe ser demostrado.


Definiciones importantes

Existen elementos que constituyen la infraestructura física de la RIT, y en edificios en altura, estas pueden ser: cámaras de acceso, canalización externa, cámara de paso, canalización de enlace inferior y superior, sala de operaciones Telecomunicaciones Inferior (SOTI) y Superior (SOTS), canalización troncal, cajas de distribución, sistemas de captación de señal, canalización lateral, caja de terminación de red, canalización interna de usuario y tomas de usuario.

Caja de terminación de red o CTR: Esta se instalará en cada departamento o casa, preferentemente cerca de la puerta de acceso principal. Sus dimensiones mínimas serán de 500x600x80mm,

debiendo contar además con dos tomas de corriente para equipos activos. Ahora bien, si el número de conexiones de usuarios es igual o inferior a cuatro, las dimensiones de la caja de terminación serán 300x400x80mm.

Además, esta caja aloja elementos como la caja PAU de fibra óptica, los repartidores de señal coaxial alámbrica, los repartidores de señal coaxial inalámbrica, las cargas terminales y la alimentación doble para los elementos activos. Puede ser metálica o no metálica, y el proyectista deberá definir y documentar el grado de protección IP adecuado de acuerdo a las condiciones de instalación y el riesgo ambiental proyectado.


Artículo gentileza de Dartel Electricidad. / www.dartel.cl
Noviembre 2022
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