Consideraciones básicas sobre un sistema de alumbrado de emergencia El alumbrado de emergencia se ha transformado en parte esencial de los lugares de públicos de alta concurrencia, sin embargo, no todos conocemos sus clasificaciones y especificaciones.
Los tipos de alumbrado de emergencia se encuentran definidos en el capítulo 4 de la norma NCh Eléc 4/2003, donde se definen cuatro tipos:
1. Alumbrado de seguridad (Art. 4.1.6.1): Parte del alumbrado de emergencia destinado a garantizar la seguridad de las personas que evacúan una zona determinada o que deben concluir alguna tarea que no es posible abandonar en ciertas condiciones.
2. Alumbrado ambiental (Art. 4.1.6.2): Destinado a evitar que se produzcan situaciones de pánico en personas o grupos de personas, permitiéndoles identificar su entorno y alcanzar con facilidad las vías de evacuación.
3. Alumbrado de zonas de trabajo riesgoso (Art. 4.1.6.3): Destinado a permitir la ejecución de los procedimientos de detención o control de estos trabajos, garantizando la seguridad de las personas que los desarrollan o que se encuentran en la zona.
4. Alumbrado de reemplazo (Art. 4.1.6.4): Destinado a permitir el desarrollo de las actividades normales de una zona sin provocar mayores alteraciones.
Principalmente existen dos tipos de luminaria de emergencia:
• No permanente: Las lámparas para alumbrado de emergencia están en funcionamiento únicamente cuando falla la alimentación de la red.
• Combinadas: Contiene dos o más lámparas, de las que al menos una está alimentada a partir de la alimentación de emergencia y las otras a partir de la alimentación normal.
Respecto de la diferencia entre alumbrado de emergencia y señalética de emergencia nos podemos referir al art. 11.5.11 de la NCh Eléc. 4/2003, donde se indica que “junto a la iluminación de emergencia serán exigibles paneles luminosos de señalización a fin de guiar el camino hacia las salidas de seguridad”, por lo que, a pesar de que es común la confusión entre estos equipos, la normativa hace una diferencia clara, principalmente por el uso particular para los usuarios (señalizar e iluminar) que tendrán en una situación de emergencia estos dos equipos. ¿Dónde debe instalarse la iluminación de emergencia? De acuerdo al art. 11.5.6 de la NCh Eléc. 4/2003, los lugares obligatorios donde se requieren equipos de alumbrado de emergencia autoenergizados, son:
• Sobre cada puerta de salida de emergencia.
• Cerca de las escaleras, de modo que cada escalón reciba iluminación directa.
• Cerca de cambio de nivel de piso.
• En todo cambio de dirección de la vía de escape.
• En toda intersección de la vía de escape con corredores laterales.
• Al exterior de edificios en la vecindad de las salidas.
• Cerca de los equipos de extinción o de alarmas de incendios.
Además, se recomienda la instalación de equipos de alumbrado de emergencia en los siguientes lugares: accesos generales de planta de edificios de uso público; cerca de cada puesto de primeros auxilios; en estacionamientos cerrados y cubiertos por más de 5 vehículos, incluidos los pasillos y escaleras que conduzcan desde aquellos hasta el exterior o hasta las zonas comunes del edificio; y lugares donde estén ubicados los tableros eléctricos del local. Colores de la señalética Respecto a la definición de los colores de las etiquetas de señalización, la NCh Eléc. 4/2003 indica en el art. 11.5.11.5 que “los colores de la señalización de emergencia deben cumplir las exigencias de la norma ISO 3864”. Dicha normativa es un estándar internacional que regula la combinación de colores y formas geométricas que deben tener las señaléticas de emergencia, a fin de que las personas, independientemente de su nacionalidad o idioma, puedan interpretar el mensaje en una situación de emergencia.
Este estándar, en su tabla N° 1, indica que para:
A. Condiciones de seguridad, como primeros auxilios, salidas de emergencia y vías de evacuación, el color de las formas geométricas y letras debe ser blanco y el contraste debe ser verde.
B. Equipamiento contra el fuego, alarmas de incendio, y extintores, el color de las formas geométricas y letras debe ser blanco y el contraste debe ser rojo.
Esta indicación se encuentra en concordancia con la tabla 3.2 de la normativa NCh 2111, que hace mención a la combinación de colores de señales de seguridad, y que es mencionada como referencia normativa del D.S.47 "Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcción" del MINVU. Como conclusión, tanto en la normativa eléctrica, MINVU y NCh, es mencionado la obligatoriedad de la combinación de colores (fondo verde, letras y formas geométricas de color blanco). Mantenimiento de alumbrado de emergencia El mantenimiento de los equipos pertenecientes al alumbrado de emergencia tiene carácter obligatorio, de acuerdo al art. 14.1.7 de la NCh Eléc. 4/2003, por lo que es vital que instaladores, proyectistas y usuarios finales lo sepan. Para las luminarias de emergencia, esto se traduce en el mantenimiento principalmente de dos equipamientos: la batería y la luminaria. Respecto a la primera, se recomienda realizar el proceso de descarga y carga, tomando los resguardos eléctricos necesarios para no interferir en el funcionamiento normal de la instalación, y ejecutar este proceso trimestralmente. Con esto, la duración de la batería, tiene una vida estimada de cuatro años.
En tanto, se debe comprobar el funcionamiento de las luminarias, simulando una pérdida de energía. Se recomienda realizarlo trimestralmente. Artículo gentileza de Legrand. / www.legrand.cl |