Todas las tarifas cobrarán la energía consumida. Para tal efecto, la instalación contará con un medidor o contador de energía que llevará en forma acumulada un valor numérico conforme a los Kilowatts Hora consumidos (Kwh). De esta forma, cuando haya que facturar, se anota el valor del contador (Lectura Actual). La diferencia que resulte con la última lectura realizada arrojará el Consumo en Kwh. En algunos casos, de acuerdo a la instalación, será necesario multiplicar por una constante de transformación (por ejemplo, el uso de equipos compactos de medida o trasformadores de corriente). La factura también indica el Período de Lectura indicando las fechas Desde y Hasta.
Entonces, el valor a facturar por Energía será el consumo multiplicado por el valor del Kwh Como se ve en la Figura 1, la potencia activa P (en Watts)= V*I*CosØ (v3*Vff*I*CosØ, en caso de redes trifásicas), donde V es el voltaje en Volts (línea-neutro en caso monofásico y entre fases en caso trifásico), I es la corriente en Amperes y Ø es el ángulo entre el voltaje y la corriente.
Figura 1. Triángulo de Potencias
Dependiendo de las cargas conectadas, el comportamiento del sistema puede ser resistivo, capacitivo o inductivo, existiendo un ángulo o desfase entre la corriente y el voltaje. Si hablamos de cargas netamente resistivas, el ángulo Ø es cero, de modo que Cos Ø es uno, así la potencia P es igual S, es decir, es igual al voltaje multiplicado por la corriente. Cos Ø es lo que se llama Factor de Potencia, y es un término que usaremos más adelante.
La energía es la potencia integrada en el tiempo, es decir, el equivalente del área bajo la curva de potencia en un gráfico sobre el tiempo. Si la potencia está en Kilowatts y el tiempo en horas, tendremos entonces la energía en Kilowatts horas.
Pensemos en un motor cuya potencia de operación es de 10 kW y que tiene el siguiente comportamiento de consumo de Energía (ver Figura 2).
Cargo por potencia
Todas las tarifas (excepto la domiciliaria BT1), además de la Energía Activa, cobran por concepto de potencia, ya sea contratada, leída (suministrada) y la registrada en horas de punta.
La Demanda Máxima Leída es la potencia en Kilowatts máxima que existió en el período de facturación. Se puede calcular a partir de la energía consumida en 15 minutos multiplicando este valor por 4 veces. Se facturará el mayor valor de todas las integraciones de 15 minutos del mes. Los medidores actuales registran la fecha y hora de ocurrencia de ese mayor valor. Cuando se toma el registro del medidor, ya sea a través de un lector o de forma remota, se vuelve a cero este registro.
En la cuenta puede que no coincida el valor de demanda máxima leída en un mes, ya que el cobro se realiza sobre la Demanda Máxima Facturada. Según la tarifa, la Demanda Máxima Facturada es el mayor valor entre la medida del mes y una fórmula que contiene las demandas máximas pasadas.
Algunas tarifas consideran el registro de demandas máximas en un horario y período específicos, denominado “Horas de punta”. Este concepto se encuentra definido en los decretos con los precios de nudo, publicados en el Diario Oficial, los cuales entran en vigencia los meses de noviembre y mayo de todos los años. Actualmente se encuentra vigente el Decreto de Precio de Nudo N°10T de 2014.
Factor de potencia
Además de los cargos fijos, arriendo de medidores, intereses, ajuste sencillo, compensaciones por interrupción de suministro y otros ítems de cobros, pueden aparecer en ocasiones cargos por mal Factor de Potencia.El cálculo se puede realizar a partir del registro de consumo de la energía activa (Kwh) y del registro de consumo de energía reactiva (Kvarh) del período de facturación. La energía reactiva dividida por la activa corresponde a la tangente del ángulo Ø. Así:
Factor de Potencia = Cos Ø = Cos (ArcTg (Q/P)).
Figura 2.
Si el factor de potencia es inferior a 0,93, se agregará un cobro por mal factor de potencia. Existen diversos métodos para lograr que la instalación no tenga mal factor de potencia y evitar este gasto. Teniendo claro los conceptos anteriores, las opciones tarifarias y conociendo su perfil de consumidor, siempre es posible disminuir los costos con inversiones que resultan altamente rentables.
Un actor relevante: El medidor de energía
Actualmente, pueden registrarse en un solo medidor todas las variables necesarias para una correcta facturación.Todos los medidores de energía, como producto eléctrico, independiente de su uso (como remarcador o para facturación), deben contar con autorización de comercialización por parte de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, a través de una Resolución Exenta o un código QR instalado en este, con lo cual se valida la seguridad del uso del producto en nuestro país.
Finalmente, se debe confirmar la exactitud de la medida mediante un Laboratorio de Ensayo, quien emite un Certificado de Verificación Primaria, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el DS N°327 (Ver Capítulo 4, medición y facturación).
Links de interés:
DS 327 : Fija Reglamento de la ley general de servicios eléctricos (Cap. 4, medición y facturación).
DS 276: Fija fórmulas tarifarias aplicables a los suministros sujetos a precios regulados.
DS 10T: Fija precios de nudo para suministros de electricidad. SEC: www.sec.cl
Ministerio de Energía: www.minenergia. cl
Por José Enrique Martínez Toro, Sales Engineer en Kamstrup. jmt@kamstrup.com