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SISTEMAS FOTOVOLTAICOS
Apostando a su crecimiento en el mercado nacional

Con la entrada en vigencia de la Ley 20.571, se espera que aumente el interés en el país por los sistemas fotovoltaicos. Sin embargo, la legislación tiene falencias que pueden frenar el desarrollo de este mercado.

A fines de octubre pasado, entró en vigencia la Ley 20.571 para la Generación Distribuida, que regula la autogeneración de energía con medios renovables, permitiendo a los usuarios generar su propia energía y comercializar sus excedentes a través de las redes de distribución. Con esta legislación, se espera diversificar parte de la matriz energética, impulsando la implementación de sistemas ERNC en casas y empresas. En este escenario, los sistemas solares fotovoltaicos (FV) están posicionados para ser una popular elección, considerando los costos de los equipos y su relativa facilidad de instalación.

Al respecto, Jorge Alvarez, Product Manager Solar de la División Discrete Automation & Motion de ABB en Chile, afirma que el mercado fotovoltaico se encuentra aún “en ciernes”, por lo que al día de hoy la mayoría de la base instalada se concentra en pequeñas instalaciones residenciales. “Independientemente de este hecho, en los últimos meses se ha manifestado un creciente interés en el desarrollo de esta tecnología a nivel comercial e industrial, donde las potencias a implementar aumentan considerablemente”, agrega.

En este aspecto, Giandomenico Barbagelata, Gerente de Operaciones y Ventas de Lumisolar Ltda., explica que la mayor cantidad de sistemas fotovoltaicos que han instalado ha sido en viviendas, específicamente sistemas “off-grid” para cabañas de veraneo (segundas viviendas), las cuales están aisladas sin acceso a un empalme o bien este es extremadamente caro. “En esta situación, un sistema fotovoltaico off-grid es la solución ideal”, comenta. “Hemos notado un aumento significativo en requerimientos de sistemas fotovoltaicos para viviendas urbanas, por dos temas muy en boga: sistemas on-grid (para autogeneración) y de sistemas off-grid para la alimentación de algún circuito de emergencia en viviendas nuevas”, señala.

Por su parte, Matthias Grandel, Asesor Principal Proyecto Energía Solar para la Generación de Electricidad y Calor de Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ), indica que uno de los avances que generará la nueva ley es la generación de cifras oficiales sobre esta tecnología. “Bajo esta legislación, los sistemas fotovoltaicos deben inscribirse en la SEC. Sin embargo, hasta hace muy poco no se habían recibido inscripciones de estos sistemas, por lo que esta información todavía no está disponible”, aclara.

Otro beneficio de esta ley, a juicio de Marco Lofat, Director de Energía Solar de Fundación Chile, es que formalizará obligaciones de las empresas distribuidoras respecto a la interconexión de sistemas FV. “Probablemente, fomentará más los segmentos comerciales e industriales, debido a que sus perfiles de consumo diario cuentan con una demanda de energía más estable, que ocurre durante las horas del día, y que coincide con la máxima generación de energía solar fotovoltaica y, por tanto, en un modelo de autoconsumo, maximiza el retorno del sistema”, explica. En tanto, Jack Nahmías Suárez, Jefe de División de Electricidad de la SEC, también destaca como un fomento a las Energías Renovables, el hecho que se regule el pago de los excedentes. “Antes de la ley, los ciudadanos no tenían derecho a inyectar sus excedentes y lamentablemente si estos existían, debían ser eliminados”, comenta. “Entonces, evidentemente, hoy es conveniente conectar estos sistemas a la red, siempre y cuando los ciudadanos quieran beneficiarse de este sistema”.

Además, Nahmías recuerda que, tomando en cuenta que la ley es nueva, se debe analizar el comportamiento del mercado a la misma, “para vislumbrar posibles cambios que puedan incentivar aún más el uso de estas tecnologías”. En este sentido, Sergio Espinosa, Gerente General de Conelse, advierte que actualmente, para tramitar la venta de los excedentes, el equipamiento de inversores y medidores debe ser previamente visados por SEC, “lo que lleva a encarecer las soluciones. En este sentido, creo que esta ley ‘popularizará’ los sistemas FV y llevará a más fabricantes de inversores y medidores a visar sus equipos, con lo que habrá más competencia, y esto puede ser un boom. En la actualidad, estos proyectos son mejor para el autoconsumo, y una vez que existan más equipos homologados por SEC, se podrá implementar la venta de excedentes”.


Falencias de la ley

Varios de los entrevistados se mostraron decepcionados con la actual ley. Por ejemplo, Alvarez sostiene que “la aprobación de la Ley 20.571 y la entrada en vigor de su correspondiente reglamento, ha supuesto un mayor foco de interés en esta tecnología. Si bien los alcances y contenido de la ley son a todas luces insuficientes, constituyen un punto de partida para la divulgación de la tecnología fotovoltaica a nivel comercial/ residencial”.

Por su parte, Barbagelata considera que la conexión de un sistema fotovoltaico, a la luz de la actual normativa, es “conveniente solo si realiza un proyecto basado en la autogeneración, no en el autoconsumo. Ello, porque la ley fomenta esto y, además, porque con el precio que se paga actualmente por el KWh versus la inversión requerida no compensa la exportación a la red”.

Respecto a las falencias de la ley, Lofat recuerda que “el segmento residencial tiene un perfil de consumo desacoplado de la generación FV con un peak de demanda eléctrica al atardecer, cuando la gente retorna a sus hogares desde el trabajo. Por esta misma razón, para que haya mayor fomento en el segmento residencial, debería haber mejoras para alcanzar precios de inyección más cercanos a un net metering que a net billing. Este claro desacople generación v/s demanda es una de las razones principales por la que en la gran mayoría de países donde se han promulgado leyes similares, estas se han introducido como leyes de Net Metering. Recordemos que en Net Metering, la energía inyectada se valoriza al mismo precio que el cliente final paga. De esta manera, se podría pagar la inversión por los módulos solares FV en un período menor”.

Entre otras falencias, el ejecutivo indica que la ley carga todos los costos de interconexión al consumidor, los que son determinados por la empresa distribuidora, y además, limita el tamaño de conexión a 100kW, lo que afecta directamente a aplicaciones comerciales. “En resumen, la ley debiera tender a Net Metering y no a Net Billing, y agregar si fuera necesario, peajes transparentes y justos que reflejen los costos efectivos de la distribuidora, permitiendo además conectar sistemas de tamaño superior a 100 kW”, señala.

No obstante, todos los entrevistados coinciden en que se debe evaluar el comportamiento del mercado para hacer los ajustes necesarios. “Definitivamente, esta ley es un gran avance en el fomento de sistemas fotovoltaicos en Chile. Respecto a mejorar ciertos tópicos, habría que ver primero cuál es el impacto de Ley en el mercado, y desde ahí realizar alguna evaluación para detectar posibles mejoras. Por el momento, es difícil identificar mejoras objetivas sin evaluar el funcionamiento actual”, señala Grandel.


Cómo elegir el sistema adecuado

Al momento de optar por un sistema fotovoltaico, los especialistas recomiendan tener en cuenta los aspectos técnicos y regulatorios. Entre los primeros, Bruno Eitel, Gerente de Desarrollo de Negocios Fotovoltaicos de Schneider Electric Chile -empresa miembro de Cornelec-, aconseja conocer el área disponible y la arquitectura del proyecto. “A la vez, es muy importante definir un tipo de panel, la estructura en la que será montado y también el tipo de inversores que finalmente producirán la corriente alterna”. Además, el ejecutivo explica que en el mercado hay disponibles inversores fotovoltaicos que “garantizan un máximo rendimiento y eficiencias superiores al 98% gracias a la función de detección del punto máximo de potencia (MPPT)”.

Para Espinosa, es necesario conocer el precio que se está pagando por la energía y “observar si la curva de demanda es pareja y no ‘cae’ los fines de semana, ya que esto rentabiliza la inversión y se logra un menor tiempo de payback”. Alvarez afirma que si se considera que las instalaciones fotovoltaicas están concebidas “para tener una vida útil cercana a los 20 años (si bien muchas de ellas ya los han sobrepasado con creces), la calidad de los productos a instalar y la existencia de un servicio postventa que responda ante determinados eventos, constituyen los principales puntos a considerar a la hora de salir al mercado”. Concordando con lo anterior, Eduardo Jara, Product Manager de HIOKI en Intronica Ltda., señala que se deben usar componentes de buena calidad y eficiencia para obtener un sistema de larga vida útil y mayor rentabilidad. “Asimismo, se debe estimar la cantidad de energía que generará el sistema, para así tener una idea clara de qué tan buena decisión es hacer esta inversión”, agrega. En este aspecto, Nahmías aconseja tener presente las obligatoriedades que establecen los reglamentos y normas técnicas, ya sea en lo que respecta a los productos como en cuanto a los aspectos técnicos de la instalación.


Por Equipo de Prensa Revista ElectroIndustria.
Enero 2015
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