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Licitaciones de suministro para clientes regulados
Extracto del Reporte Mensual del Sector Eléctrico (SIC y SING) de Systep. Mayor información en www.systep.cl o solicitar al e-mail • reporte@systep.cl

El pasado 16 de junio se publicaron las bases de las nuevas licitaciones para el suministro de los clientes regulados del Sistema Interconectado Central (SIC). Como se esperaba, las licitaciones incluyen dos procesos: 2013-1 para un suministro de largo plazo (2013-2024) y 2013-2 para un suministro de corto plazo (2016-2018).

La licitación 2013-1 considera bloques de energía reducidos entre 2013 y 2015, y 4.546 GWh/año entre 2016 y 2024. Este proceso considera una nueva metodología de límites de precios. Además del precio techo de 129 USD/MWh, se define un precio de reserva desconocido, menor que el precio techo, y que finalmente será el que limite las ofertas adjudicadas.

En cambio, la licitación 2013-2 considera el suministro de 3.021 GWh para el año 2016, 5.648 GWh para el año 2017 y 8.473 GWh para el año 2018. El precio techo también es de 129 USD/MWh, sin precio de reserva.

Las primeras etapas de adjudicación de las licitaciones 2013-1 y 2013-2 serán realizadas en octubre y diciembre de 2013, respectivamente. Los suministros correspondientes a estas licitaciones tendrían una participación creciente en la demanda de clientes regulados hasta 2018, representando ese año aproximadamente un 32% del total, y disminuyendo en los años siguientes (ver Figura 1).

En el mercado existe preocupación de que no se logre adjudicar toda la energía, más aún, el Gerente de Finanzas de Endesa anunció que no se presentarán a las licitaciones(1). El Ministro de Energía, por su parte, ha señalado que no se descartan medidas como indexar a costo marginal los precios de contratos para asegurar la adjudicación de las licitaciones(2). Esta medida ya fue incluida en el proceso de licitación de 2008, que implicó que los precios fueran indexados a costo marginal desde enero de 2010 hasta diciembre de 2011 para la mayoría de los contratos, y hasta junio de 2012 para los restantes.

La indexación a costo marginal expuso a los clientes regulados del SIC a una alta volatilidad en los precios de la energía.

En efecto, la Figura 2 muestra el precio mayorista de la energía que pagaron en promedio los clientes regulados del SIC (referido a la barra Quillota 220 kV). Se observa que el precio experimentó una variación acumulada de hasta 45% durante 2010 y 2011, mientras que, una vez eliminada la indexación a costo marginal en 2012, el precio se ha mantenido más estable con una variación acumulada cercana a 10%, la cual refleja la evolución de los indexadores CPI y precios de combustibles.


Algunos consejos

Indexar a costo marginal está lejos del espíritu del esquema de licitaciones establecido en la Ley Corta II, que busca estabilizar los precios a los consumidores regulados, y al mismo tiempo disminuir la variabilidad de los ingresos de los generadores mediante contratos de largo plazo, que así viabilicen nuevas inversiones en generación, asumiendo los generadores los riesgos de mercado de corto plazo, bajo condiciones en que la matriz se desarrolla de forma adaptada a la demanda. Indexar a costo marginal traspasa a precio situaciones de corto plazo como condiciones hidrológicas, falla de unidades generadoras, atrasos en la puesta en servicio de nueva infraestructura, etc.

Por ende, sería preferible que el mecanismo de licitaciones se adecuara para permitir la coexistencia de un mercado de corto plazo y uno de largo plazo. Para esto, se hace necesario el diseño de productos que reflejen condiciones de corto plazo que, por una parte, sean atractivas a los oferentes y, por otra, no comprometan suministros de largo plazo para los clientes regulados. En este sentido, llama la atención que el proceso 2013-1 considere suministros de largo plazo, pero comenzando en 2013, mientras que el proceso 2013-2 considere suministros para el corto plazo, comenzando en 2016. En este contexto, la oportunidad de ingreso de nuevos competidores es prácticamente nula.

Es importante destacar el interés de la autoridad regulatoria de buscar las condiciones para que estas licitaciones no impliquen alzas de precios para los consumidores finales, pero las restricciones que estamos viviendo en la expansión de la oferta de generación dificultan su labor.

Entre posibles mejoras al esquema de licitaciones debiera considerarse traspasar a las empresas distribuidoras los riesgos de la estimación de la energía licitada en cada proceso. En este sentido, una sobrestimación de la demanda provocará un aumento de los precios que oferten las generadoras; por el contrario, una subestimación implicará que posteriormente deban realizarse nuevos procesos de licitación para abastecer demandas de corto plazo, lo cual conllevará también mayores precios. Un ejemplo de los conflictos que pueden surgir por estas diferencias es la reciente disputa entre generadores y empresas distribuidoras por retiros por sobre la energía contratada, que efectuaron cuatro distribuidoras del grupo CGE durante 2012(3).

También sería importante auditar la firmeza (capacidad de respaldo eficiente) de las ofertas, para evitar situaciones como lo sucedido con la quiebra de Campanario.

Lamentablemente, la situación crítica actual, donde el mercado no está funcionando, no deja mucho espacio de acción, pero se puede avanzar con cambios innovadores en las licitaciones. Además, las adecuaciones a la regulación de las licitaciones no se hicieron oportunamente, forzando la utilización de un mecanismo que probablemente sea incapaz de resolver eficientemente el suministro de los clientes regulados.

(1): Fuente: El Mercurio.
(2): Fuente: Diario Financiero.
(3): Fuente: La Segunda.

Septiembre 2013
.......
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