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Andrés Dougnac, Gerente
General de Comulsa
“Chile carece de un marco legal
para la fiscalización local de
medidores electrónicos”

El pasado 23 de septiembre -y en conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo (DS) Nº 298 de 2005- la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), autorizó a Comulsa para vender sus medidores electrónicos trifásicos y monofásicos de su marca Landis + Gyr, transformándola en la primera empresa en Chile en obtener esta certificación para este tipo de productos. Andrés Dougnac, Gerente General de la compañía, nos explica la importancia de este hecho para Comulsa y analiza el actual marco legal para materiales eléctricos.

¿En qué consiste el DS Nº 298 de 2005?
Esta normativa regula y certifica que todos los productos eléctricos que se venden en nuestro país cumplan con las condiciones mínimas de calidad y seguridad. Para lograr lo anterior, en la medida que se incorporan nuevas tecnologías, la SEC constantemente actualiza e incorpora protocolos de ensayo para nuevos productos exigentes de certificación, además de ser quien realiza la labor de fiscalización del cumplimiento del marco legal existente.

Un ejemplo de los equipos requeridos de certificación son los medidores de energía activa, de los cuales sólo en el caso de los medidores electromecánicos se venden al año alrededor de 300 mil unidades monofásicas y cerca de 15 mil trifásicas; de ahí la importancia de que cumplan con las exigencias que establece la SEC en cuanto a normativa vigente y protocolos de pruebas a través de laboratorios de ensayo locales.

Sin embargo, existe un "vacío legal" para los medidores electrónicos…
Uno de los principales inconvenientes es que Chile carece de protocolos de ensayo para la certificación de este tipo de producto, lo cual hace que no exista a la fecha laboratorio de ensayo y organismo de certificación en Chile autorizado por la SEC para realizar el trámite de certificación. Sin embargo, el Artículo N° 9 del DS 298 establece que todos los productos que no pueden ser certificados localmente, deben ser homologados por la SEC utilizando informes de laboratorios internacionales acreditados y reconocidos.

Lamentablemente, por un problema de "interpretación" de la normativa, este requisito no ha sido respetado por todos los actores del mercado, por lo que para no entorpecer el comercio la SEC se vio en la obligación de establecer un plazo de seis meses -que vence en marzo de 2010- para que todas las empresas que importan este tipo de productos presenten los documentos necesarios para ser autorizados por ésta, ya que de lo contrario, los equipos que no cuenten con dicha autorización terminarán siendo retirados del mercado y de las viviendas en donde se encuentren instalados.

¿Por eso decidieron certificar sus medidores?
Nosotros como empresa seria en el mercado, a través de nuestras representaciones de equipos de calidad internacional, y al tener un compromiso de calidad y confianza para con nuestros clientes, presentamos todos los documentos exigidos por la Superintendencia, la cual nos autorizó para comercializar los medidores electrónicos trifásicos Landis + Gyr de la serie ZMD 310, ZMD 405, ZMD 410, ZMD 120, ZMG 405 y E 22 A.

El cumplir con esta exigencia no sólo nos llena de orgullo y fomenta la competencia en este nicho de negocio, sino que también nos transforma en la primera empresa a nivel nacional en obtener esta certificación para sus medidores electrónicos, con lo cual nuestros clientes pueden contar con productos de calidad y que están en total cumplimiento con las disposiciones reglamentarias en la materia.

Noviembre 2009
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